Ley Nº 22450

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Número: 22450


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 22450

EN EL SECTOR PUBLICO CONTINUA VIGENTE LA IMPORTACION DE BIENES

DECRETO_LEY N° 22450 CONSIDERANDO:

Que por Decreto Ley 21738, prorrogado por el DecretoLey 21951, se dispuso que las importaciones de cualquier naturaleza que efectúe el Sector Público Nacional se realicen de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 070 70 EF del 12 de Mayo de 1970;

Que la experiencia ha demostrado la operación de los procedimientos establecidos en

dicho Decreto Supremo, por lo que es conveniente mantener su vigencia;

En uso de las facultades de que está investido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministro;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico.- Las importaciones de bienes de cualquier naturaleza que efectúen las entidades del Sector Público Nacional, continuarán régiendose, hasta el 31 de Diciembre el Decreto Supremo 070 70 EF de 12 de Mayo de 1970.

Por tanto: Mando se publique y cumpla.

Lima, 20 de Febrero de 1979

Gral. de Div. EP F. Morales Bermúdez C.

Gral. de Div. EP Pedro Riehter Prada.

Tnte Gral. FAP Luis Galindo Chapman.

Vice-Almirante AP Carlos Tirado Alcorta.

Doctor Javier Silva Ruete.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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