Tipo de Norma: Ley
Número: 22439
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22439Disponen fusión
de EPSA y ENCI
vKvnwro lev n* 2213»Kí- PRESIDENTE DK Í.A ty&PUHMCA POR CUANTO:
KI Gobierno Revolucionario ha darlo el Docrofo-J,ey alguien!»:
£1» GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERA NI )Ob
Que G°. del Decreto Ley r$)ah)rcif> un mon*
lo do 8,012 millones de Sulos como subsidio pina los pindue. ios filimfliuieios comercializados por la Empresa Pública de Servicios Agropecuarios — EPSA, en el período comprendido en! re 01 de Enero y el 11 de Muyo de 197H;
Que es necesario el periodo de ntiWznriím del
referido monto basta el 31 de Diciembre de 1!)7K;
Que. asi mismo, es conveniente adecuar lo dispuesto en el último párrafo del ardculn del Decreto f,ey 222GÍ;
Que con el f• rt de racionalizar los costos de, comercial»™-rióu <le los ptoduetos alimenticios es necesario fusiomu* la Km-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.