Tipo de Norma: Ley
Número: 22376
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22376DECRETO LEV No. 2237G
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decretó-I-ey el*
guíente*.
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que, con el objeto de mejorar la balanza de pagos e Incrementar los ingresos fiscales, se dictó el Decreto Ley 22173;
Que, subsisten las razones que justificaron dicho dispositivo legal:
En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:
Ha dado el Decretó I^ey siguiente:
ARTICULO UNICO—Prorrógase la vigencia del Decretó Ley 23173 hasta el Si de diciembre de 1980
Dado en la Casa de Gobierno, en LllVlft. a los fclrjeo dias d«fl mes de diciembre de ndi novecientos setentiooho.
POR TANTO-
Mando se oublioue y cumpla.
Lima OS de diciembre de 1070
General de División EP FRANCISCO MORALES BERMW-015% CERHUTTT
General de División EP OSCAR MOLINA PALLOCCHTA. Vicealmirante AP JORGE PARODI GALLTANT.
Teniente rtóneral FAP LUIS GALINDO CHAPMAN Doctor JAVIER SILVA HTJETE.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.