Tipo de Norma: Ley
Número: 22325
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22325DECRETO LEV N* 22325
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, roí* CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo lia dado «I Decreto . Ley siguiente:
El. GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que Ins Universidades NRdonales para un mejor funcionamiento requieren do adecuada flexibilidad en loa procesos técnicos de administración de personal;
Que, asimismo, es Convenlenle efectuar mejora» al personal administrativo y promocíonar al personal docente de las Universidades Nacionales;
Que lna referidas acciones no afectarán al Tesoro Público, toda vez que su atención se efectuará sin exceder Jos limites fijado» por el Decreto Ley 22204;
Que es necesario apoyar a las Universidades Nacionales que están contribuyendo a la solución de sus propios pto^ bleinns fln/iicieros;
En uso de las facultades de que está Investido; y
Cotí el voto npvobnlorlo del Consejo de Ministros;
Un dado el Decrclo Ley siguiente:
Articulo Io.— Autorizase ni Sistema de la Universidad remana. para que a partir del 1* de Octubre de 1ÍU8 realice las acciones siguientes:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.