Tipo de Norma: Ley
Número: 22320
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22320DECRETO LEY N’ 29.320
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto - Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que es necesario fortalecer la situación de las empresas bancadas regionales, permitiéndoles efectuar Inversiones en activos fijos, con el objeto de proteger adecuadamente su patrimonio frente a las consecuencias de la inflación, posibilitándoles de esta manera mantener en términos reales el valor de spa capitales,
Que el inciso p) del Articulo 63 de la Ley de Bancos 71 fifi, constituye la norma general por la que se reguln la 'compra, conservación y adquisición de Inmuebles por parte de las empresas bancadas, constituyendo el Articulo 18 del Decreto Ley 18907 una disposición limitativa y discriminatoria para un sector de la Banca.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.