Ley Nº 22317

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Número: 22317


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 22317

SUSTITUCION DE LOS IMPUESTOS PARA VIAJAR AL EXTRANJERO POR UN IMPUES. TO UNICO; NUEVOS DERECHOS CONSOLA. RES V DE EXPEDICION Y REVALIDACION

DE PASAPORTES

DECRETO-LEY N 22317

CONSIDERANDO:

Que el viaje de los residentes al extranjero está gravado con el impuesto al consumo en el exterior con una tasa de 309 o que se aplica sobre el valor del pasaje; y que, asimismo, la permanencia en el exterior de los residentes está sujeto a un impuesto de SI. 3,000.00 por los primeros 5 días y de Sj. 300.00 por cada día adicional de permanencia;

Que los impuestos anteriores, además de constituir una alta carga tributaria, son de difícil manejo tanto para el órgano administrador como para los contribuyentes;

Que la tasa a que eslá sujeta la expedición y renovación de los pasaporles peruanos en el exterior tiene una incidencia muy elevada que conviene reducir e igualar a las tasas que rijan para los pasaportes que se expidan o renueven en el país;

Que, en consecuencia, y en armonía con la

política de racionalización y reestructuración

del sistema tributario es conveniente reducir y sustiiuir dichos tributos por un impuesto único a la salida de los residentes que viajen al exterior, reestructurando al mismo tiempo el impuesto a los bienes y servicios así como los derechos consulares y la lasa aplicable a la expedición y revalidación de pasaportes;

En uso de las facultades de que está in. vestido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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