Tipo de Norma: Ley
Número: 2207
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02207LEY X. 2207
Creación del distrito de Chugur, en la provinicia de Hualgayoe
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley
siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Créase en la nrovin-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.