Tipo de Norma: Ley
Número: 22058
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22058PRORROGAN EL TERMINO I)E VIGENCIA
DEL D.L. N 21799 HASTA EL 31 DE
DICIEMBRE DE 1978
DECRETO-LEY N 22058 CONSIDERANDO:
Que medíanle Decreto Lev 214.35 de 24 de Febrero de 1976, se dictaron las normas que regulan el Sector de Ja Pequeña Empresa del Sector Privado;
Que por Decret o_Lev 21799 se prorrogó el término de los plazos a que se refieren las Disposiciones Transitorias Primera, Segunda y Tercera del referido Decreto_Ley hasta el 31 de Diciembre de 1977;
Que subsisten las razones que motivaron la promulgación del D.L. 21799;
En uso de las facultades de que está investido; y.
Con el voto aprobatorio del Consejo de
Ministros;
Ha dado el Decreto-Lev siguiente:
Artículo Unico.— Prorrógase el término de vigencia del D.L. 21799 hasta el 31 de Diciembre de 1978.
Por Tanto: Mando se publique y cumpla.
Lima, 29 de Diciembre de 1977
Gral. de Div. EP. F. Morales Bermúdez C.
Gral. de Div. EP. Gmo. Arbulú Galliani
Vice-Almirante AP. Jorge Parodi Galliani
Tnte. Gral. FAP. Jorge Tamayo de la Flor
Tnte. Gral. FAP. Luis Arias Graziani
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.