Tipo de Norma: Ley
Número: 21775
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21775a Asociación Civil
de terreno en Lima
Adjudican
propiedadDI,CKKTO l.KV No. 21775
El. PRFS ICENTE DE LA REPUBLICA
pon CUANTO:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO - LEY SIGUENT.E:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Suprema No. 78 de 10 de agosto de 1960, se afectó en uso a favor de la Asociación Civil “Ciudad de los Niños de la Inmaculada'’ la superficie de 148 lías. 9,592.12 m2., ubicada en la Pompa de San Juan cnlre los kilómetros 16.5 a 17.5 de la antigua carreteril Panamericana Sur. para que lo destine ai funcionamiento de la Ciudad de los Niños;
Que luego de las adjudicaciones dispuestas por el Supremo Gobierno, en favor de otras entidades, este terreno ha quedado reducido a 92 lias. 1,192.12 m2.;
Que la Asociación Civil "Ciudad de los Niños de la Inmaculada”. persona jurídica de derecho privado, cicada con la finalidad de amparar y albergar a la niñez desvalida, tiene proyectada la ampliación de la actual infraestructura y la culminación do las obras de la Ciu dad de los Niños, con el objeto de aumentar el número de menores beneficiados;
Que, en con.srcuencin, es con veniente adjudicar a dicha Aso-dación la propiedad del terreno necesario a fin de posibilitar la ejecución del proyecto integral de la Ciudad de los Niños;
En uso de la.s facultades (te que esta investido; y.
Con el voto aprobatorio d'l
Consejo de Ministros:
lia dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo R — Adjudícase a te Asociación Civil “Ciudad de los Niños de la Inmaculada” la propiedad de un terreno fiscal de 92 Has. 1,192.13 m2. ubicada en la Pompa de San Juan, entre los kilómetros 10.5 a 17.5 de la antigua carretera Panamericana Sur, comprensión del distrito de San Juan de Mira-flores, provincia y departamento de Lima, para que lo destine al funcionamiento de la Ciudad de los Niños de la Inmaculada.
Artículo 2’ — El terreno a que se refiere el artículo anterior llene los siguientes linderos y medidas: Por el frente, con la antigua carretera Panamericana Sur con tres tramos de 107. 00, 8.00 y 1G5.00 mi. rcspectl-mente, luego con el Hogar de menores con tramos de 308.00, 200 00 y 7.00 mi. y con la Corporación de Energía Eléctrica del Mantaro con un tramo do
528.00 mi; por la derecha, entrando, con terreno ocupado por SERPAR y con terrenos crin-7,os mediante una recta de 1,040. 00 mi.; por la izquierda, entrando, con la Avenida Iglesias en una longitud de 526.80 mi.; luego con terreno de las cooperativas "Valle del Snron” Ltda. No. 430 y "La Fortaleza” Ltda. No. 378, con tramos de 304.30,
600.00 y 425.00 mi.; y por el fondo, con terrenos eriazos, mediante unn recta de 515.00 mi. que cierra el perímetro.
Artículo 3 — El terreno y edificaciones existentes en el área materia de la adjudicación, Encargado do la Caí legra de In-revertirún al dominio del Esta do, sin obligación do abonar suma alguna, si dentro del termino de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de promulgación del présenlo Decreto-Ley, no se hubieran concluido las obras de la “Ciudad de los Niños de la Inmaculada”, o en el caso que la citada. Asociación se extinguiera, dejare de funcionar o destinare el terreno a fin distinto al señalado en este Decreto-Ley.
Artículo 4* — El Director General de Bienes Nacionales, otorgará la escritura .pública de adjudicación gratuita del terreno de .92 lias. 1,192.12 m2. a favor de la Asociación Civil "Ciudad de los Niños de la Inmaculada”, la misma que queda exonerada de lodo impuesto y
derecho registra!.
Dudo en la Casa de Gobierno. en Lima, a los dieciocho días del mes de Enero de mil
novecientos setenti.siete.
General cíe División EP., FRANCISCO MORALES BER. MUDEZ CERRUTTJ. Presidente de la República.
General de División EP., G U1L L ER M O A R B ULU GA. LL1AN1, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP, DANTE POGGI MORAN, Ministro de Aeronáutica.
Vice Almirante AP, JORGE PARODI GALLIANI, Ministro de Marina.
General de División EP GASTON IBAÑEZ O’BRIEN, Ministro de Industria y Turismo.
Teniente General FAP, LUIS GALINDO CI-IAPMAN, Ministro de Trabajo.
Teniente General FAP. HUMBERTO CAMPODONICO HOYOS. Ministro de Salud.
Teniente General FAP, LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro de Comercio.
Doctor LUIS BARUA CASTAÑEDA. Ministro de Economía y Finanzas.
Embajador JOSE DE LA PUENTE RADBILL, Ministro de Relaciones Exteriores, Encargado de la Cartera de Integración.
Geeueral de División EP. RAFAEL HOYOS RUBIO, Ministro de Alimentación.
General de Brigada EP OTTO ELESPURU REVOREDO, Ministro de Educación.
General de Brigada EP. ELIVIO VAN NI NI CIHJMPI. TAZ1. Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Contralmirante AP, FRANCISCO MARI ATEGUI ANGULO, Ministro de Pesquería, General de Brigada EP., LUIS GISNEIIOS ViZQUERRA Ministro de! Interior.
General de Brigada EP., LUIS ARI3ULU IBAÑEZ, Ministro de Agricultura,
Contralmirante AP, GERONIMO CAFFERATA MARAZZI, Ministro do Vivienda y Cons. P 'n.
General do Brigada EP., ARTURO LA TORRE DI TOLLA, Ministro do Energía y Minas.
POR tanto-
Mando se publique y cumpla. Lima. 13 de Enero de 1977
General de División EP
FRANCISCO MORALES BER-
MUDEZ CERRUTTI.
General de División EP. GUILLERMO ARBULU FALLIAN!.
Teniente General FAP, DANTE POGGI MORAN.
Vice Almirante AP, JORGE PARODI GALLIANI.
Contralmirante A. P., GERONIMO CAFFERATA MARAZZI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.