Ley Nº 21759

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 21759

DECRETO LEY No. 21759

03.00 — SERVICIOS

523,000

373.000

150.000

„ G4.800

„ 4,700

„ 395.135

g/. 5'523.000

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que el Pliego Presupuestario Ministerio del Interior requiere implementar financieramente el Programa 0405 — Guardia Republicana del Perú, con la finalidad de dar cobertura a los mayores incrementos presentados en las partidas de Bienes y Servicios, de dicho Programa, y permitir de este modo la obtención de las metas previstas para el vigente ejercicio;

Que para el efecto, se cuenta con los recursos financieros necesarios, provenientes de la fuente de Ingresos Propios, por concepto de la Venta de Bienes Corrientes y de Servicios, Tasas • Educacionales y otros;

Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Gobierno Central para 1975-1376 en el Pliego Presupuestario Ministerio del Interior, hasta por la suma de S/. 5Tj13,000, con cargo a los recursos antes señalados;

De conformidad a io establecido en el Artículo 40v del Decreto Ley No. 21057;

Estando a lo informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público;

En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo Unico.— Amplíese el Presupuesto Bienal del Gobierno Central para 1975—1976, hasta por la suma dq Cinco Millones Quinientos Veintitrés Mil y 00/100 Soles Oro (S/. S'523, 000.00), conforme al detalle siguiente;

VOLUMEN 01 : Gobierno Central TITULO 1 : INGRESOS CAPITULO III : logreros Propios

1 : Venta de Bienes Corrientes y de Ser-vicios.

Partida 112 : Venta de Productos de Panadería. ¿3/.

2 : Tasas

2.3 : Tasas Educacionales.

Partida 179 ; Derecho de Inscripción de Postulantes,

XSQ : Derechp por l£xpe4ición Certificados de Estudios CI. GRP,

7 : Otros Ingresos Propios Partida 277 : Vario*.

TOTAL.:

TITULO II : EGRESOS PLIEGO 04 : Ministerio del Interior. PROGRAMA 0405 : Guardia Republicana del Perú Jefatura Responsable : Dirección General de la Guardia Republicana.

03.08 — Mantenimiento de Equipos de Transporte

03.09 — Mantenimiento de Otros Equipos.

TOTAL: S/. 5'523,000

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a veintinueve días del mes de Diciembre de mil novecientos setentiseis.

General de División E.P., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División EP. GUILLERMO ARBULU GALLIA-NI, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra. Teniente General FAP. DANTE POGGI MORAN, Ministro

de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. JORGE PARODI GALLIANI, Ministro de Marina.

Teniente General FAP- JORGE TAMAYO DE LA FLOR.. Ministro de Saiud.

General de División EP. GASTON IBAÑEZ O’BRIEN, Ministro de Industria y Turinmo.

Teniente General FAP. LUIS GALINDO CIIAPMAN. Ministro de Trabajo.

Teniente General FAP. LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro üp Comercio.

Doctor LUIS BARUA CASTAÑEDA, Ministro de Economía y Finanzas.

Embajador JOSE DE LA PUENTE RADBILL, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. RAFAEL HOYOS RUBIO, Ministro de Alimentación.

General de Brigada EP. ELIVIO VANNINI CIIUMPITAZL

Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Contralmirante AP. FRANCISCO MARIATEGUI angll

LO, Ministro de Pesquería.

General de Brigada EP. RAMON MIRANDA AMPUERO,* Ministro de Educación.

General de Brigada EP. LUIS CISNEROS VISQUERRA, Ministro del Interior.

Contralmirante AP., JORGE DU BOIS GERVASI, Ministro de Integración.

General de Brigada EP. LUIS ARBULU IBAÑEZ, Ministro de Agricultura.

Contralmirante AP,, GERONIMO CAFFERATA MARAZZI;

Ministro de Vivienda y Construcción.

General de Brigada EP., ARTURO LA TORRE DI TOLLA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 29 de Diciembre de 1976.

General de División EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI.

General de División EP. GUILLERMO ARBULU GA— LLIANI.

Teniente General FAP. DANTE POGGI MORAN.

Vice-Almirante AP. JORGE PARODI GALLIANI.

Doctor LUIS BARUA CASTAÑEDA.

PARTIDAS

02.00 — BIENES

SI. 5X100,000

„ 900,900

„ 40,000

„ 2-939,100

„ 120,000

„ 1*000/000

02.02 — Alimentos para Animales

02.09 — Utiles de Escritorio y Materiales para Impresión.

02.13 — Materias Primas.

02.16 — Repuestos de Otrojs Equipos.

02.21 — Otros.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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