Tipo de Norma: Ley
Número: 21647
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21647Modifican Presupuesto del Sector Público
Nacional hasta por 12*700,000.00 soles
DECRETO LEV N* 21647
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO:
Que el Programa 1911 “Promoción y Bienestar Social" del Pliego Presupuestario de la Junta de Asistencia Nacional del Sector Salud, requiere ser financieramente implemcntado a fin de posibilitar la cobertura de prestación de servicios sociales en concordancia con los lincamientos de política trazados en el Plan Nacional de Desarrollo 1975 — 1976;
Que la ejecución del Presupuesto de Ingresos del mencionado Pi;ego y su respectiva proyección al cierre del vigente ejercicio permiten prever una mayor captación de recursos en la fuente de Ingresos Propios que posibilitan ía implementación financiera antes mencionada;
Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto del Sector Público Nacional para 1975 — 1976, hasta por la suma de S/. 12700,000.00;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 40* del Decreto Ley N* 21057, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975 — 1976;
Estando a lo informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público; y
En uso de las facultades de que está nvestido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Unico. — Amplíese el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975 — 1976 hasta por la canti ’nd de Doce Millones Setecientos Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 12700,000.00), conforme a! siguiente detalle:
VOLUMEN 02: INSTITUCIONES PUBLICAS 3L INGRESOS:
CAPITULO III ! INGRESOS PROPIOS
3. Rentas de la Propiedad
100
B
Alquiler de casas-habitación de propiedad de la JAN..........
99
387,000. =
100
C
Intereses y Dividendos
ff
4*909,000. =
5. Saldos de Balance
107
C
Saldo de Balance .. ..
H
2*114,000.=
6. Venias de Bienes de Capital
113
A
Remate de Vehículos Usados..........
770,000 =
113
B
Venta de Equipos ...
t *
if
140,000. =
113
C
Venta de Mal erial Sobrante de Construcción
pp
500,000. =
TOTAL:
s/.
12*700,000. =
2. EGRESOS
SECTOR 18 : Salud
PLIEGO 83 : Junta de Asistencia .Nacional.
Programa 1911 : Promoción y Bienestar Social
Jefatura Responsable : Dirección General de la
Junta de Asistencia Nacional.
Partidas:
02.00 BIENES
02.03 Vestuario .......... S/. 100,000.=
02.06 Combustibles, Carburantes y Lubricantes ..... „ 500,000. =
02.09 Utiles de Escritorio y
Materiales para Impresión ............... „ 300,000.=
02.18 Utiles de Aseo y Limpieza .............. „ 300,000.=
03.00 SERVICIOS
03.07 Mantenimiento de Mobi
liario y Equipos de Oficina ................ „ 200,000.=
04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
04.12 Subvenciones........ „ 11*300,000.=
1.
Venta de Bienes Corrientes y
de Servicios
Partidas:
50—C
Atención de los niños en
los diferentes CEl-CD-JAN..............
S/.
1*321,000.=
50-
-D
Bienes FungibLs . ...
99
2*253,000. =
50-
-E
Bases de Licitaciones,
Planes , Especificaciones Técnicas.......
I*
156,000.=
50-
-F
Periódicos Usados .. ..
ll
15,000. =
50-
-G
Sacos de Yute Envases
II
35,000. =
50-
-H
Material quirúrgico y
medicinas .........
N
100,000. =
TOTAL S/. 12*700,000. =
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.