Ley Nº 21647

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 21647

Modifican Presupuesto del Sector Público

Nacional hasta por 12*700,000.00 soles

DECRETO LEV N* 21647

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:

CONSIDERANDO:

Que el Programa 1911 “Promoción y Bienestar Social" del Pliego Presupuestario de la Junta de Asistencia Nacional del Sector Salud, requiere ser financieramente implemcntado a fin de posibilitar la cobertura de prestación de servicios sociales en concordancia con los lincamientos de política trazados en el Plan Nacional de Desarrollo 1975 — 1976;

Que la ejecución del Presupuesto de Ingresos del mencionado Pi;ego y su respectiva proyección al cierre del vigente ejercicio permiten prever una mayor captación de recursos en la fuente de Ingresos Propios que posibilitan ía implementación financiera antes mencionada;

Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto del Sector Público Nacional para 1975 — 1976, hasta por la suma de S/. 12700,000.00;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 40* del Decreto Ley N* 21057, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975 — 1976;

Estando a lo informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público; y

En uso de las facultades de que está nvestido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico. — Amplíese el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975 — 1976 hasta por la canti ’nd de Doce Millones Setecientos Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 12700,000.00), conforme a! siguiente detalle:

VOLUMEN 02: INSTITUCIONES PUBLICAS 3L INGRESOS:

CAPITULO III ! INGRESOS PROPIOS

3. Rentas de la Propiedad

100

B

Alquiler de casas-habitación de propiedad de la JAN..........

99

387,000. =

100

C

Intereses y Dividendos

ff

4*909,000. =

5. Saldos de Balance

107

C

Saldo de Balance .. ..

H

2*114,000.=

6. Venias de Bienes de Capital

113

A

Remate de Vehículos Usados..........

770,000 =

113

B

Venta de Equipos ...

t *

if

140,000. =

113

C

Venta de Mal erial Sobrante de Construcción

pp

500,000. =

TOTAL:

s/.

12*700,000. =

2. EGRESOS

SECTOR 18 : Salud

PLIEGO 83 : Junta de Asistencia .Nacional.

Programa 1911 : Promoción y Bienestar Social

Jefatura Responsable : Dirección General de la

Junta de Asistencia Nacional.

Partidas:

02.00 BIENES

02.03 Vestuario .......... S/. 100,000.=

02.06 Combustibles, Carburantes y Lubricantes ..... „ 500,000. =

02.09 Utiles de Escritorio y

Materiales para Impresión ............... „ 300,000.=

02.18 Utiles de Aseo y Limpieza .............. „ 300,000.=

03.00 SERVICIOS

03.07 Mantenimiento de Mobi

liario y Equipos de Oficina ................ „ 200,000.=

04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

04.12 Subvenciones........ „ 11*300,000.=

1.

Venta de Bienes Corrientes y

de Servicios

Partidas:

50—C

Atención de los niños en

los diferentes CEl-CD-JAN..............

S/.

1*321,000.=

50-

-D

Bienes FungibLs . ...

99

2*253,000. =

50-

-E

Bases de Licitaciones,

Planes , Especificaciones Técnicas.......

I*

156,000.=

50-

-F

Periódicos Usados .. ..

ll

15,000. =

50-

-G

Sacos de Yute Envases

II

35,000. =

50-

-H

Material quirúrgico y

medicinas .........

N

100,000. =

TOTAL S/. 12*700,000. =



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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