Tipo de Norma: Ley
Número: 21616
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21616Autorizan venta de terrenos para viviendas de la PIP en Arequipa
DECRETO LEV N* 21616
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo lia dado el Decreto Ley sigulen* te:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley 21121 •c autorizó al Banco de la Nación a otorgar un préstamo al Ministerio del Interior, para un programa de vivienda desuñadas a lae Fuerzas Policiales que prestan servicios en las diferentes Guarniciones de la República;
Que de acuerdo al Convenio de Operaciones suscrito entre el Ministerio del Interior y el Ministerio de Vivienda y Cotia-
a... ii. *— •-- i. — -
Artículo 3*— La Escritura Pública de transferencia de dominio aer4 otorgada por el Ber-vIcJo de Parquet con Intervención de la Dirección General de Bienes Nacionales del Ministerio de Vivienda y Construcción.
Artículo 4*— El plazo de ejecución del Programa será de cinco aflús, computado a partir de la lecha de promulgación de) presente Decreto-Ley. En caso de Incumplimiento o de que se destinen los terrenos a otro fin , revertirán éstos al Servicio de Parques, sin derecho a pago alguno por las obras que ae hubieran efectuado.
Dado en la Casa de Ooble no, en Lima, a loa catorce días del mea de Setiembre de mil novecientos selcntlséls.
Oeneral de División E.P., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTn, Presidente de la República.
Oeneral de División E.P..
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.