Tipo de Norma: Ley
Número: 21590
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21590DEL PLIEGO SINAMOS
Amplían en 18*837,000.00 soles Presupuesto del Sector Público Nacional para 1975-76
DECRETO LEY W 21590
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que el Programa 2314 "Apoyo a la Movilización Social en la Región IV-Lima" del Pliego Sistema Nacional de Apoyo a la Movilización Social, requiere irnplementarse financieramente a fin de posibilitar la ejecución de importantes obras de apoyo infraestructura! en el Area de Pueblos Jóvenes; así como la atención de diversos compromisos prioritarios, destinados al normal funcionamiento de dicho Programa Regional;
Que la ejecución del Presupuesto de Ingresos del citado Programa y su respectiva proyección al cierre del ejercicio vigente permiten prever una mayor captación de recursos en la fuente de Ingresos Propios del orden de S/. 8'317,000.00, existiendo además saldos no utilizados de dicha fuente correspondientes al Ejercicio Bienal 1973*1974 por S/. 10'520,000.00, que posibilitan la implementación financiera antes mencionada;
Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975*1970, hasta por la cantidad de S/. 18837,000.00;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 del Decreto Ley N 21057, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976;
Estando a lo Informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está Investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo Unico.—Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1978, hasta por la cantidad de dieciocho millones ochocientos treintisiete mil y 00/100 soles oro (S/. 18 037,000.00], conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN 01: Gobierno Central
TITULO I: Ingresos CAPITULO III: Ingresos Prop'103
I; Venta de Bienes Corrientes y de Servicios.
Partida
175 B:
Boletines, Revistas
y Manuales
150,000
3:
Rentas de la
Propiedad
Partida
266:
Alquileres
208,000
266 A:
Intereses
6040,000
4:
Reembolso de
Préstamos
Partida
2GG:
Créditos
1 '919,000
5:
Saldos de Balance
Partida
271 D:
Saldos de Balance
10520,000
TOTAL:
S/. 18'837,000
TITULO II: Egresos PLIEGO 23: Sistema Nacional de Apoyo 8 la Movilización Social PROGRAMA 2314; Apoyo a la Movilización Social en la Reglón IV-Lima.
Jefatura Responsable: Dirección Regional.
Partidas:
01
00
REMUNERACIONES
r2io,ooo
01
07
Remuneraciones Especiales
500,000
01
10
Créditos Devengados y Reconocidos
710,000
02
00
BIENES
1'580,000
02
09
Utiles de Escritorio y MíH terl des Para Impresión
280,000
02
11
Utdéá de enseñanza
50,000
02
22
Créditos Devengados y Reconocidos
1'250,000
03
00
SEftVICIOS
1700,000
03
25
Créditos Devengados y Reconocidos
1700,000
04
00
TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
865,000
04
17
Créditos Devengados y Reconocidos
865,000
07
00
OBRAS
12'621,600
07
02
Obras por Administración
irC21,600
07
03
Créditos Devengados y
Reconocidos
1'000,00
08
00
BIENES DE CAPITAL NUEVOS
155,400
08
17
Créditos Devengados y
Reconocidos
155,400
09
00
BIENES DE CAPITAL. USADOS
700,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.