Ley Nº 21536

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 21536

Modifican el Artículo 7o

del Decre to Ley M° 21532

DECRETO LEY N* 2153G

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

General de División EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CEPTIJTTI, Presidente de la República.

General de División EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Presidente del Consejo de Ministras y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP. DANTE rOGGI MORAN, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. JORGE PAUODI GALLIANI, Ministro de Marina.

General de División EP. ENRIQUE GALLEGOS VENERO,

Ministro de Agricultura.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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