Ley Nº 2137

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2137


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 02137

LEY \\ 2U7

Elevando ¡i la calctforín de pueblo el caserío de Coriri, y declarándolo capital del distrito de Uraco

EL PRESIDEN TE DE LA R I*] PUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

Artículo tínico.—Elévase la catego* ría de pueblo el caserío de Coriri y de. clárasele capital del distrito de Uraca* perteneciente á la provincia de Castillo* en el departamento de Arequipa»

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cuín, pl i miento.

Dada en la sala de sesiones del Con.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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