Tipo de Norma: Ley
Número: 21315
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21315AUTORIZAN A SALUD EFECTUAR UNA OPERACION DE TRANSFERENCIA DE ASIGNACIONES PRESUPUESTALES
DECRETO LEY N° 21315 CONSIDERANDO:
Que el Pliego Ministerio de Salud, requiere implementar financieramente diversas partidas específicas Correspondientes a la Genérica 01 C0 “Remuneraciones” de sus Programas Presupuéstales, a fin de permitir principalmente que las Regiones de Salud, Areas Hospitalarias y Centros Asistenciales sigan desarrollando acciones compatibles con las metas programadas para 1975-1976;
Que para el efecto, es necesario autorizar una Operación de Transferencia de Asignaciones Presupuéstales por S/ 959*793J508.00, con prescindcncia de las limitaciones contenidas en,
el Articulo 46 del Decreto Ley N 21057 deí Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976:
Estando a lo informado fai-orablemente por la Direción General de Presupuesto Público
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el vote aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Unico— Autorízase al Ministerio de Salud a efectuar una Operación de Transferencia de Asignaciones Presupuéstales hasta por la suma de Novecientos Cincuentinueve Millones Setecientos Noventitres Mil Quinien. tos Ocho y 00/100 Soles Oro ($/. 959793,508.
00). en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976, conforme al siguiente detalle:
Volumen 01: Gobierno Central Sector: Salud
Hiego 13' Ministerio de Salud Del:
Programa 1331: Alta Dirección,. Asesoría y Administración
Jefatura Responsable: Dirección Superior FIr andamiento: S/.
Lnmtulo I: Tesoro Público 959793^08
Gasto:
Partidas:
02.00 BIENES
02 01 Alimentos para Personas 66*272,834
03 CO SERVICIOS
03 01 Viáticos, Gastos de Viaje é Ins
talación 164*483,000
04 CO TRANSFERENCIA CORRIEN
TES
04 01 Al Seguro Social del Perú (Caja de Emfermedad - Maternidad) 729*037,674
Programa 1831: Alta Dirección, Asesoría y Administración Jefatura Responsable: Dirección Superior
Partidas:
01.00 REMUNERACIONES
01.02 Remuneración Personal 13'941,811
01.0 Remuneración al Cargo 7 039,815
01 05 Remuneración Transitoria No
Pensionable 11*359,700
01.07 Remuneraciones Especiales 9*100,000
— Servicio Eventual 7*640,000 — Horas Extraordinarias 1*460,000
Total Programa 41*441,326 Programa 1832: Medicamentos Básicos Jefatura Responsable: Dirección Superior
Partidas:
01 00 REMUNERACIONES 01 Ü2 Remuneración Personal 181,400
01.03 Remuneración a! Cargo 138,490
01.05 Remuneración Transitoria No
Pensionable 180,000
01.07 Remuneraciones Especiales 69,000
— Horas Extraordinarias
Total Programa 568,890
Programa 1833: Capacitación de Personal e Investigación
Jefatura Responsable: Director de Escuela de Salud Pública
Total; 959793508
Partidas:
01.00 REMUNERACIONES
01.02 Remuneración Personal
1*362.100
01.03 Remuneración al Cargo
01.05 Remuneración Transitoria No
2*112,000
Pensionable
724,000
01.07 Remuneraciones Especiales
46J.OOO
— Servicio Eventual 443,000
— Horas Extraoridi^
narias 18,000
Total Programa 3*659,100 Programa 1834: Asistencia Alimentaria
Jefatura Responsable: Director
de Alimenta-
á
ción
t
Partidas:
01.00 REMUNERACIONES
01.02 Remuneración Personal
17*808,200
01.03 Remuneración al Cargo
756,400
01.05 Remuneración Transitoria
No
Pensionable
24*940,000
Ol 07 Remuneraciones Especíales $’4l2,0ÓÓ - Servicio Eventual 1 '405,000
— Horas Extrao binarias 2’007,000
485,200
450,000
ÓI.03 Remuneración al Cargó 01.05 Remuneración Transitoria No It-nsionable
01.07 Remuneraciones Especiales
He ras Extraordinarias 01. U Remuneraciones del Obrero liten tual (JORNAL)
Total Programa 47*916,600
2'642r800
11*996,700
1*779,800
30*303,000
13*879,800
Programa 1835: Erradicación de ía Malaria y Control rie Chagas
Jefatura Responsable; Director de Erradicación v Control de Enfermedades Transmisibles
Partidas:
01.00 REMUNERACIONES
01.02 Remuneración Personal 2373,353
01.03 Remuneración al Cargo 734,382
01.05 Remuneración Transitoria
No Pensionare 3'488.000
01.07 Remuneraciones Especiales 2*507,000
— Servicio Eventual 2’461,100
— Horas ExtraondH
nnríp.s 45,900
Total Programa 4*627,928
Programa 1838: Atención Integral de la Salud en la Región Nor-Medio Jefatura Responsable: Director Regional.
Partidas:
01.00 REMUNERACIONES
01.02 Remuneración Personal
01.03 Remuneración al Cargo
/
0L 05 Remuneración Transitoria No
Pensionable
01 07 Remuneraciones Especiales —Servicio Eventual 12*474,800 —Horas Extras 1*405,000
01 09 Remuneración del Obrero E-
ventual (JORNAL) 20*292300
TOTAL PROGRAMA S[. 57*959,300
Total Programa 29*395,035
10*135,400
4*998,000
29*363.000
16*029,000
Programa 1836: Construcción, Equipamiento, Reequipamiento y Mantenimiento de Locales de Salud
Jefatura Responsable: Director de Construcción y Urbanismo
Partidas:01 00 REMUNERACIONES 0.02 Remuneración Personal 1*392,460
01 03 Remuneración al Cargo 321,740
01 05 Remuneración Transitoria No
Personales 774,000
01.07 Remuneraciones Especíales 217,800
— Servicio Eventual 26,800 — Horas Extraordinarias 191,000
Programa 1839: Atención Integral de la Salud en la Región Nor-Occidental.
Jefatura Responsable: Director Regional. Partidas:
C1 00 REMUNERACIONES
01.02 Remuneración Personal
01.03 Remuneración al Cargo
01.05 Remuneración Transitoria No
Pensionable
01.07 Remuneraciones Especiales
—Servido Eventual 15T44.000 —Horas Extras 885,000
01.09 Remuneración del Obrero E-
ventual (Joma!) 927,000
TOTAL PROGRAMA S|. 61*452,400
01 09 Remuneración del Obrero E-
ventual (JORNAL) 2*328,000
To tal Programa 5 *024,300
Programa 1837: Saneamiento Ambienta L Jefatura Responsable: Director del Programa Ingeniera Sanitaria
Partidas:
01.00 REMUNERACIONES
01 02 Remuneración Personal 957,928*
Programa 1840: Atención Integral de la Salud
en la Región Oriente.
Jefatura Responsable: Director Regional.
Partidas:01.00 REMUNERACIONES 01 02 Remuneración Personal 6*656,450
01.03 Remuneración al Cargo 7*897,450
01.05 Remuneración Transitoria No
Pensionable 16*973,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.