Tipo de Norma: Ley
Número: 21252
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21252por ito’ooo.ooo.oo de Soles
COFIDE adquiere activos fijos de Industria básica de "Papeles Peruanos de Pucallpa S.A."
DECRETO LEY No. 21252EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario La dado el Decreto _ Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que e.s ele interés público y de necesidad nacional el desarrollo de la industria básica de papel y celulosa en el país, y en especial la que se encuentra establecida en la Reglón de la Selva, para el uso racional de los recursos de dicha zona;
Que la Ley General de Industrias, Decreto-Ley 18350 y su modifica loria, Decreto-Ley 192G2, . asignan al Estado el desarrollo de las industrian calificadas como básicas, entre las cuales se encuentra la de papel y celulosa;
Que en la zona dtf Pucallpa,
Ja Empresa “Papeles Peruanos de Pucallpa S.A." viene desarrollando actividades de Industria Básica, constituyendo un centro laboral importante de la región, generando ocupación directa e indirecta que es necesario mantener y garantizar;
Que la mencionada Empresa, administrada en la actualidad por sus accionistas privados, se encuentra seriamente afectada en su situación económica y financiera comprometiendo los objetivos de desarrollo que debe cumplir, por lo que se hace necesario que el Estado adquiera los bienes aprovechables de esa Eui pr esa, a po r t a 11 d o n uo v os recursos que posibiliten el
funcionamiento de la actividad industrial que desarrolla;
Que para posibilitar la continuidad de la actividad Industrial y la estabilidad de los trabajadores, la Comisión Multiscctorial do Contratos
de Industria Básica recomienda la suscripción de un Contrato para adquirir de dicha Empresa, los activos fijos dedicados a la actividad de industria básica y los de inventarios que sean convenientes para su normal desarrollo, y se constituya una nueva Empresa;
Que es conveniente que la nueva. Empresa funcione bajo el mismo régimen de las empresas de propiedad estatal que desarrollan similar actividad;
En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el. voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
lia dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo Io— Autorízase a Ja Corporación Financiera de Desarrollo —COFIDE—, para que en representación del Estado adquiera, libre de gravámenes, los activos fijos de la industria básica de papel que desarrolla ‘Tápeles Peruanos de Pucallpa S.A/1 y los correspondientes a Inventarios que se juzguen necesarios por el precio y en las condiciones señaladas en el articulo siguiente.
Artículo 2°— El precio de los activos fijos señalados es de Ciento Diez Millones de Soles Oro (S>. llíj'000,000.00) y el de los activos de inventario que se adquieran será al valor en libros. El monto total será pagado a la Empresa “Papeles Peruanos do Pucallpa S.A/' en la siguiente forma;
a) Cien Millones de Soles Oro (S/. 100*000,000.00) a la firma del Contrato de Compra-Venta;
1>) El saldo en nueve (9* años. Incluyendo uno fl) de gracia, mediante pagarés semestrales que devengarán un Interés anual del 7% al rebatir, dcscontnbles una sola vez con fines de inversión en el país;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.