Tipo de Norma: Ley
Número: 21194
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21194SE SUSTITUYE EL ART. 10° DEL DECRETO LEY 19839 SOBRE IMPUESTO A LAS
REMUNERACIONES
DECRETO-LEY N 21194
CONSIDERANDO:
Que el Art. 10° del Decreto-Ley 19839 dispone que la declaración jurada para el pago de! impuesto a las remuneraciones debe presentarse mcnsualmente;
Que a fin de dar facilidades a la administración tributaria para la fiscalización del men cíonado impuesto, es conveniente establecer normas flexibles para que la declaración-pago,
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realice en forma trimestral;
Que en consecuencia, es necesario sustituir el Art. 10° del Decreto-Ley 19839;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Art. 1— Sustituyese el texto del Art. 10-del Decreto-Ley 19839, por el siguiente:
"Art. 10— Los obligados a efectuar el pago del impuesto presentarán, dentro de los 15 primeros días hábiles de cada mes, una declaración jurada en la que indicarán el total de las remuneraciones abonadas u honorarios
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.