Tipo de Norma: Ley
Número: 21157
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21157ECONOMIA HARA TRANSFERENCIA DE A-SIGNACIONES PRESUPUESTALES HASTA
POR S/ 55'029,000.00
DECRETO-LEY N 21157
CONSIDERANDO:
Qu sel Decreto-Ley N 19352, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Apoyo a la Movilización Social, en su Décima Tercera Disposición Transitoria y el Decreto Supremo N 003-72-PM, de creación del Sistema de Asesora-miento y Fiscalización de las Cooperativas A-grarias de Producción (SAF-CAP), establecen que dicho organismo dependerá directamente del S1NAMOS, habiéndose para el efecto aper-turado en el vigente Presupuesto de dicho organismo el Programa 2310 Sistema de Aseso-ramiento y Fiscalización de las Cooperativas Agrariás de Producción;
Que en virtud de lo dispuesto por el Art. 6
del Decreto-Lye N 21022, Ley Orgánica del Sec tor Agrario, corresponde al Ministerio de Agri cultura, en relación a las Cooperativas Agrá-rías. Sociedades Agrícolas de Interés Social, Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y otras formas empresariales agropecuarias de carácter asociativo, el asesoramiento, supervisión y control en los aspectos administrativos y técnico contable, disponiendo igualmente que las acciones de reconocimiento, pro moción, organización y capacitación de las em presas asociativas mencionadas serán ejecutadas por equipos en cuya integración interven drá personal del Ministerio de Agricultura;
Que asimismo la Segunda Disposición Transitoria del Decreto-Ley N 21022 faculta la transferencia, al Ministerio de Agricultura, Jel personal, recursos patrimoniales y financieros correspondiente a entidad distinta para el cum plimiento de las funciones específicamente a-signadas a dicho Ministerio en aplicación de las disposiciones del Art. 6 antes mencionado;
Que en consecuencia es necesario autorizar una Operación de Transferencia de Asignaciones Presupuéstales por la cantidad de S[. 55'029, 000 CU, no obstante la limitación contenida en el Art. 46 Inciso b) del Decreto-Ley N 21057, del Pliego 23: Sistema Nacional de Apoyo a la Movilización Social al Pliego 10: Ministerio de Agricultura, en el Presupuesto Bienal vigente;
Estando a lo informado favorablemente por la Dirección General de Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Arí. Unico.— Autorízase al Ministerio de E-conomía y Finanzas a efectuar una Operación de Transferencia de Asignaciones Presupuéstales hasta por la cantidad de cincuenticinco millones veintinueve mil y 00/100 soles oro (S/. 55'029,000.00) en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976 conforme al siguiente detalle:
Volumen 01: Gobierno Central
Título II: Egresos
DEL:
Pliego 23: Sistema Nacional de Apoyo a la Movilización Social.
Programa 2310: Sistema de Asesoramiento y Fis calización de las Cooperativas Agrarias de Producción.
Jefatura Responsable: Jefatura del Sistema
Partidas: S/.
01.00 REMUNERACIONES
01.07 Remuneraciones Especiales .,.41'493,000
02.00 BIENES
02.01 Alimentos para Personas .. 770,000
02.03 Vestuario.................. 96,000
02.04 Materiales de Construcción ... 6,500
02.05 Materiales Eléctricos....... 4,000
02.00 Combustibles, Carburantes y
Lubricantes ... ............. 689,000
02 07 Material Fotográfico........ 51,000
02.08 Medicinas y Materiales de Laboratorio ................. 12,000
1725,000
02.09 Utiles de Escritorio y Materiales para Impresión.....,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.