Ley Nº 21150

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Tipo de Norma: Ley

Número: 21150


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 21150

NORMAN VALORACION DE PREDIOS A-RRENDADOS O ENFEUDADOS CON FINES

DE LA REFORMA AGRARIA

DECRETO LEY N 21150 CONSIDERANDO:

Que la valorización de los predios rústicos arrendados o enfeudados, expropiados con fines de Reforma Agraria, se efectúa en base a la renta sobre la que se pagó el impuesto predial durante los últimos tres años anteriores a la fecha de la valorización;

Que el Decreto Ley 19654 que crea el impuesto predial no empresarial sustituye, entre otros, al impuesto a que se hace referencia en el considerando anterior;

Que en consecuencia, es necesario aplicar en la valorización de los predios arrendados o enfeudados, reglas análogas a las que rigen para los predios directamente explotados, dando así mayor celeridad a los procedimientos administrativos de afectación;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Mi-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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