Tipo de Norma: Ley
Número: 2094
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02094LEY N. 2094
Supresión de las inspecciones de instrucción primaria
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso lia dado la ley siguiente:
El Congreso ele la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1
Mientras dure la. crisis
fiscal que en la actualidad sufre la-República, los inspectores de instrucción primaria, serán reemplazados por las respectivas municipalidades , las que asumirán las atribuciones y responsabilidades de aquellos, bajo la dependencia del Poder Ejecutivo, de conformidad con el artículo 3.° de la ley número 162.
Artículo 2 Tan luego como el Poder Ejecutivo estime que la situación fiscal permite el restablecimiento délas inspecciones de instrucción primaria, enviará á las Cámaras Legislativas el proyecto de ley pertinente.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada, en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á, los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos ca torce.
Nicanor M. Carmona, Presidente del Senado.—- David García Irigoyen, Presidente de la Cámara de Diputados,-
J. Augusto Barrios, Pro Secretario del Senado. —Rodrigo Peña Murrieta, Diputado Secretario.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.