Tipo de Norma: Ley
Número: 2090
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02090Res. Leg. N. 2090
Prórroga <le la licencia para residir en el extranjero á las pensionistas Srtas. de la Colina
Lima, 25 de octubre de 1914.
Excmo. Señor:
El Congreso ha resuelto prorrogar por dos años la licencia concedida para residir en el extranjero, á las pensionistas del Estado doña Florentina, doña Zoila y doña Narcisa de la Colina.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V, E.—Nicanor M. Carmona, Presiden-te del Senado. — Salvador (}. del Solar, Segundo Vice-Presiden te de la H. Cámara de Diputados. — Francisco A. Escarcena, Secretario del Senado.—Santiago D. Parodi, Diputado Secretario.
Al Excmo. Señor Presidente Provisorio de la República.
Lima, 21 de diciembre de 1914.
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Cúmplase, regístrese, comuniqúese y archívese.—Rúbrica de S. E.—Schreiber.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.