Ley Nº 20806

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 20806

Autorizan a Agricultura el concertar un préstamo con COFIDE por S/. 33'000,000.00

DECRETO LEY N“ 20806

EL, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto - Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que la Corporación Financiera de Desarrollo (CONDE lm convenido en otorgar un préstamo al Ministerio de A-Rricultura hasta por un monto de Treintitrcs Millones de Soles Oro (S/. 33‘ÜOO,000.00), destinado a financiar el R2.5% cU'l costo que representa el eíecuar el programa de estudios denominado “Planes Integrales de Desarrollo a Nivel de Areas-Estudios do Factibilidad de Proyectos Específicos’’;

Que el Artículo W del Decreto Irf’y 20185 considera la con-certación de esta clase de operaciones. habiéndose observado para su otorgamiento lo dispuesto en el mencionado dispositivo legal;

En uso de las facultades de que. está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

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Artículo V — Autorizase ai Ministerio de Agricultura a concertar un préstamo con la Corporación Financiera de Desarrollo -COFIDE- ha$ta por un monto de Treintitrcs Millones de Soles Oro (S/, 33* 000,000.00) destinado para los lints indicados en la parte considerativa del presente Decreto Ley, el que será reembolsado en el curso de 5 años más un período do gracia de 18 meses, devengando un Interés del 8% anual al rebatir.

Articulo 2° — Los servicios

üó amortización e Interesen da las obligaciones que se autoriza contraer por el presente Decreto Ley, serán atendidos püC el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo al finan-ciamiento global que en función de las prioridades inter-ceelorifiles y metas del Sector le corresponde para cada Ejercicio presupuesta!.

Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a los veintiséis días del mes de Noviembre da mil novecientos selenticuatro.

General de División E. P., JUAN VELASCO A LV ARADO, Presidente de la República,

Teniente General FAP.f ROLANDO GIL ARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica, Encargado de la Cartera de Guerra*

Vicealmirante A. P., JOSE ARCE LARCO, Ministro do Marina.

Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de TrabajQ.

General de División E. P.# ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación,

General de División E. P., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.

. General de División E. P., JAVIER TANTALEAN VANI-Nf, Ministro de resquería.

Vicealmirante A. P„ AUGUSTO GALVEZ VELARLE, Ministro de Vivienda, Encargado de Ja Cartera de In-» dustrla y Turismo.

Teniente General FAP., FERNANDO MIRO QIJESA-DA BAIIAMONDE, Ministro de Salud.

General de Brigada, ENRIOLE GALLEGOS VENERO, Ministro de Agricultura.

General de Brigada E. P., MIGUEL ANGEL DE LA FLOR VALLE, Ministro do Relaciones Exteriores.

General de Brigada E. F., PEDRO RICHTER TRADA, Ministro del Interior.

General de Brigada E. P., A MI LOAR VARGAS GAVI-LANO, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada E. P, RAUL MENE5ES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Mayor General FAP LUIS ARIAS GRAZ1AN1, Ministro de Comercio.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 20 de Noviembre de 1974.

General de División E. !., JUAN ' VELASCO ALVAHADO.

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ Ministro de Aeronáutica Encargado de la Cartera de Guerra.

Vlcealmlrantf A. P., JOSE ARCE LARCO.

General de Brigada E. P.# AMILCAR VARGAS GAVI-LANO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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