Ley Nº 20794

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 20794

AMPLIAN PRESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL 1973-1974 EN FA-

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VOR DEL PLIEGO AGRICULTURA

DECRETO-LEY N 20794

CONSIDERANDO:

Que durante la vigente ejecución presupues. tal del Pliego de Agricultura, han resultado insuficientes los recursos asignados al Programa 1109 "Operaciones para lá Conservación y Desarrollo de los Recursos Agrarios de la Zona Agraria I — Piura", cuyo presupuesto debe ser impliado para el cumplimiento de las metas programadas;

Que de acuerdo con la recaudación de Ingresos Propios generados en la Zona Agraria I — Piura el monto presupuestado ha sido superado, determinándose una mayor captación de recursos del orden de,S/. 6*500,000.00 que permitirán incrementar su presupuesto deficitario;

Que para el efecto es necesario ampliar el Presupuesto Binal del Sector Público Naciónal

i

para 1973-1974, en el Pliego Ministerio de Agricultura.

Estando a lo informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público del Mi nisterio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; v

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. Unico.— Amplíase el Presupuesto Bienal Sector Público Nacional para 1973-1974, has ta por la suma de Seis Millones Quinientos Mil Soles Oro (S/. 6'500,000.00), en favor del Pliego del Ministerio de Agricultura, conforme al siguiente detalle:

Volumen I: Gobierno Central

Título I: Ingresos

Capítulo III Ingresos Propios

1—Venta de Bienes Corrientes y de Servicios Partidas: S/.

155 Venta de Productos Agropecuarios 4*131,909 163 Explotación de, Recursos Forestales ............................ 2*368,091

Título II: Egresos Sector 10: Agricultura

presupuesto de Operación

programa 1109: "Operación para la Conservación y Desarrollo de los Recursos Agrarios de la Zona Agraria I — Piura”.

Jefatura Responsable: Dirección de la Zona A-graria I — Piura.

partidas: s/-

01.00 Remuneraciones

01.03 Remuneración del Obrero Permanente (Jornal) .......... 4*000,000

01.09 Remuneración del Obrero E-

ventual (Jornal) ............ 1 *000,000

01.10 Créditos Devengados y Reconocidos ...................... 400,000

04.00 Transferencias Corrientes

04.02 Al Seguro Social Obrero ...... 600,000

04.20 Créditos Devngados y Reconocidos ............. 500,000

Total: S/. 6*500,000

Por tanto: Mando se publique y cumpla, Lima, 19 de Noviembre de 1974.

Gral. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado. Tnte. Gral. FAP. Rolando Gilardi Rodríguez, Ministro de Aeronáutica, encargado de la Cartera de Guerra.

Vice-Almirante AP. José Arce Larco.

Gral. de Brig. EP. Amílcar Vargas Gavilano.

Total.

$/. 6*500,000



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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