Ley Nº 20779

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 20779

AMPLIAN PRESUPUESTO BIENAL DEL

SECTOR PUBLICO NACIONAL, 1973-1974 DEL PLIEGO DE AGRICULTURA

DECRETO LEY N 20779

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura en su vL gente Presupuesto de Inversión — Programa 1128 ''Inversiones para la Preservación y Uso de las Cuencas Hidrográficas”, requiere apeé-turar el Proyecto 09: "Control de Inundaciones" a fin de realizar el estudio de factibilidad de obras que permitan controlar las inundaciones de la Costa Norte del país;

Que para tal efecto, la Dirección General de Aguas del Ministerio de Agricultura median te Resolución Ministerial N 1945274-AG ha sido autorizado para suscribir un convenio de financiación hasta por la suma de US$ 50,000: 00 equivalentes a S|. r935,000.001 cop el Consejo del Fondo de Fideicomiso en su condición de administrador de los fondos del Préstamo AID N 527-L-0c:6 por US$ 5'100,000.00 celebrado entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica representado por la Agencia para el Desarrollo Internacional;

Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto Bienal vigente hasta por la suma de S|. 1'935,000.00 en favor del Programa anteriormente mencionado;

De conformidad con lo establecido en los Artículos 57 de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de 'la República y 41 del Decreto Ley N 19864 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974;

p

Estando a lo informado favorablemente por el liistituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y MinanZas;,

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Art. 1— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974 en la suma de Un Millón Novecientos Treinticin-co Mil y 00/100 Soles Oro (Sf. r935.000.00),

en favor del Pliego del Ministerio de Agricultura, conforme al siguiente detalle:

Volumen I: Gobierno Central

Sector 10: Agiicultura

Pliego 01: Ministerio de Agricultura

Título I: Ingresos

\

Capítulo IV: Endeudamiento

i

2: Externo.

Partida 345-D: Préstamo N 527-L-05r de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) -Crédito Agrícola Supervisado en la Zona Norte afectada por las inundaciones....... ;.......1'935,000.00

Título II: Egresos

Presupuesto de Inversión

Programa 1128: Inversiones para la Preservación y Uso de las Cuen cas Hidrográficas”.

Jefatura Responsable: Dirección General de Aguas.

Provecto 09: Control de Inundado-nes (APERTURA).

Partida:

06.00 ESTUDIOS

06.02 Estudios por Administración 1'935,000.00

Artículo 2— El Ministerio de Agricultura eh un plazo de Quince días (15) contados a partir de la promulgación del presente Decreto Ley aprobará el respectivo presupuesto analítico, transcribiendo copia de la misma a los organismos que establece el Decreto Ley N 19864. Por tanto: Mando se publique y cumpla.

Lima, 5 de Noviembre de 1974.

Gra!. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado.

Gral .de Div..EP. Edgardo Mercado Jarrín.

Tnte. Gral. FAP. Rolando Gilardi Rodríguez..

Vice-Almirante AP. José Arce Larco.

Gral. de Brig. EP. Amílcar Vargas Gavilano.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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