Ley Nº 20722

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 20722 AMPLÍAN PRESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL POR 11'600,000.00SOLES ORO

DECRETO LEY N9 20722

CONSIDERANDO:

Que se ha concluido la fase de formulación de labores preparatorias de los II Censos Económicos Nacionales, a cargo del Programa 018! Plan Censal Nacional del Prespuesío de Inversión del Pliego de la Presidencia de la Re. pública;

Que ia fase de ejecución de los mencionados Censos demandan mayores recursos financieros por S'|. ir600,000.00 que es preciso atender dada la singular prioridad de los mismos;

Que para tal finalidad existen los recursos financieros correspondientes del Préstamo o-torgado por el Sindicato de Bancos organizado por la Compagnie Luxemburgeoise de Banque S.A. - Decreto Supremo 155- 4_EF;

Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto Bienal vigente hasta por la cantidad de S\. 11'600,000-.00, en favor del Programa y Pliego mencionados;

De conformidad con lo establecido por los Arts. 57 de la Ley 14816 Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 41" del Decreto-Ley 19864, del Presupuesto Bienal vigente;

Estando a ¡o informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la DL rección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está ínves* tido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. 1— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974, hasta

por la suma de Once Millones Seiscientos Mil y OOjlOO Soles Oro (Sj. H’600,000.00), conforme al siguiente detalle:

Volumen I: Gobierno Central.

Título I: Ingresos.

Capítulo I: Ingresos del Tesoro Público.

3: Operaciones del Tesoro.

—Préstamos del Sindicato de Bancos organizado por la Compagnie Luxembourgeoise de Banque S. A. Decreto Supremo N

151-74.EF ....................H'600,000.00

Título II: Egresos.

Sector 01: Presidencia de la República.

Pliego 01: Presidencia de la República.

Presupuesto de Inversión

Programa 0180: Plan Censal Nacional.

Jefatura Responsable: Oficina Nacional de Estadística y Censos.

Partida:

C6.00 Estudios.

—Proyecto 02: II Censos Económicos Nacionales ............... 11'600,000.00

Art. 2— El Pliego de la Presidencia de ia República, en el término de diez días contados a partir de la promulgación del presente De_ creto.Ley, autorizará la modificación del respectivo Presupuesto Analítico, transcribiendo copia de dicha autorización a los organismos señalados en el Dccreto-Lej 19864.

Por Tanto: Mando se publique y cumpla.

Lima, 10 de Setiembre de 1974

Gral. de Div. EP. Juan Velasco AI varado.

Tnte. Gral. FAP. Rolanco Gilardi Rodríguez, Ministro de Aeronáutica, Encargado de la Cartera de Guerra.

Vice-Almirante AP. José Arce Larco

Gral. de Brig. EP. An.ílcar Vargas Gavilano



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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