Tipo de Norma: Ley
Número: 20669
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20669DEJAN EN SUSPENSO DISPOSICIONES DE LOS D. L. 20509 Y 20558 PARA LOS DIAS
27, 28 Y 29 DE JULIO
DECRETO-LEY N’ 20669 CONSIDERANDO:
Que durante ia celebración del 153 Aniversario de la Independencia Nacional es conve
niente que las actividades de la población iió estén limitadas por las medidas a que se refieren los Decretos-Leyes 20509 y 20558 y otras disposiciones administrativas;
Que, por lo tanto, se hace necesario dejar en suspenso dichas disposiciones durante los días 27, 28 y 29 de Julio de 1974;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Déjase en suspenso para los días 27, 28 y 29 de Julio de 19*4, los efectos de las disposiciones de los Decretos-Leyes 20509 y 20558.
Los automóviles y camionetas no destinados al servicio público, podrán circular libremente desde las 03.00 horas del días 27 hasta la misma hora del día 30, inclusive, del mes en curso.
Por tanto: Mando se publique y cumpla.
Lima, 9 de Julio de 1974.
Gral. de Div. EP. Juan Velasco ALvarado.
Gral. de Div. EP. Edgardo Mercado Jarrín.
Tnte. Gral. FAP. Rolando Gilardi Rodríguez.
Vice_Almirante AP. José Arce Larco.
Gral. de Brig. EP. Raúl Meneses Arata.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.