Tipo de Norma: Ley
Número: 20637
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20637Lista de Industrias de Ira. Prioridad establecida por D.L. 18350 que pueden ampliar
DECRETO LEY N" 20637EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto - Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley 18350, Ley General de Industrias, sb establece la Lista de las Industrias de Primera Prioridad que comprende a las Básicas y Especificas, sin haberse señalado un procedimiento que, por consideraciones estrictamente técnicas, facilite su ampliación, modificación o reducción;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley si-
#VII ♦
Teniente General PAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice Almirante AP JOSE ARCE LARGO, Ministro de Marina. i
General de División. EP ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.
Teniente General PAP LUIS BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Comercio.
General. . de División EP JAVIER TANTA LEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
General de División * EP GUILLERMO MARCO DEL rONT SANTISTEVAN, Ministro de Economía y Finan-rus.
Vice Almirante AP AUGUSTO CALVEZ VELAR DE, Ministro de Vivienda, Encargado de la Cartera de Industria v Turismo.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.