Tipo de Norma: Ley
Número: 20624
documento PDF
20624Autorizan al Ministerio de Economía otorgar un sohregiro por 3 millones 800 mil soles
DECRETO LEY N” 20624EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto Ley .siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO: t CONSIDERANDO:
Que el Programa de Operación No. 0561 "Procesamiento Automático de Datas” del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, requiere de recursos financieros adicionales a los originalmente asignados en el Bienio 1973-1974, por la suma de S/. 4’757,000 00;
Que dicha demanda financiera se sustenta en el incremento del flujo de información procesada para un adecuado control de los ingresos fiscales, por el aumento de costos de los materiales de impresión e insumos utilizadas en los sistemas de teleprocesamiento, asi como en la necesidad de atender los requerimlentas del servicio por nuevos usuarios del Sector Público Nacional;
*
Que parte de los mayores recursos financieros demandadas pueden ser atendidas mediante la autorización de un sobregiro, cuya propuesta de regularización deberá ser presentada al cierre del ejercicio por el Ministerio de Economía y ' Finanzas;
Que, asimismo, la Partida 04.19 “Otras’' (Transferencias Corrientes) del Programa de Operación No. 0560 que Jefatura la Dirección General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, presenta en su ejecución presupuesta 1 saldas por menores egresos, que pueden ser transferidos al Programa No. 0561 "Procesamiento Automático de Datos” del Pliego mencionado, a fin de cubrir el saldo del financiainlen-to solicitado;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y las Direcciones Generales de Presupuesto Público y de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y.
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministras;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo Io— Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar un sobregiro hasta por la cantidad de Tres Millones Ochocientos Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 3’800,000.00), en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974. conforme al siguiente detalle:
SECTOR 09: Economía y Finanzas
PLIEGO 01: Ministerio de Economía y Finanzas
PRESUPUESTO DE OPERACION
Programa 0561-00: Procesamiento Automático de Datas Jefatura Responsable: Oficina de Procesamiento Automático de Datos
PARTIDAS:
01.00 REMUNERACIONES
01.07 Remuneraciones Especiales 3’800.000.00
Artículo 2o— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar una operación de transferencia de partidas en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974, hasta por la cantidad de Novecientos Cincuentisiote Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 957,000.00), conforme al siguiente detalle:
SECTOR 09: Economía y Finanzas
PLIEGO 01: Ministerio de Economía y Finanzas
PRESUPUESTO DE OPERACION DEL:
Programa 0560-00: Administración General del Pliego Jefatura Responsable: Dirección General de Administración
*s
*
PARTIDAS:
04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
04.19 Otras 957,000.00
A L :
Programa 05G1-00: Procesamiento Automático de Datas Jefatura Responsable: Oficina de Procesamiento Automático de Dalos
PARTIDAS:
02.00
BIENES
02.01
02.05
02.22
Alimentas para Personas
Materiales Eléctricas
Otros
10,000.00
8,000.00
13,000.00
03.00
SERVICIOS
03.02
03.20
Movilidad Local
Otros
8,000.00
728,000.00
04.00
TRANSFERENCIAS C(SpRTTrT<rTES
04.01
Al Seguro Social del Empleado
190.000.00
TOTAL:
S/. 957,000 00
Articulo 3— El Ministerio de Economía y Finanzas propondrá, al cierre del ejercicio, la regularización del sobregiro autorizado por el Articulo 1 del presente Decreto Ley.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a las veintiocho dias del mes de mayo de mil novecientos setenticuatro.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP EDGARDO MERCADO JAIIRIN, Presidente del Consejo de Ministras y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROLANDO G1LARDI RODRIGUEZ. Ministro de Aeronáutica. __
Vice-Almirante AP LUIS E. vargas caballero. Ministro de Marina. .
Teniente General FAP PEDRO SALA OROSCO, Ministro
ele Trabajo. _ ,
General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA,
Ministro de Educación.
, ' rm f-Mnimir ffAf nr7 AMniTf H
Minisf.ro de Agricultura.
General de División EP .TORCE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.
Teniente General FAP LUIS BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Comercio.
General de División EP JAVIER TENTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
General de División EP GUILLERMO MARCO DEL TONT SANTISTÉVAN. Ministro de Economía y Finanzas.
Teniente General FAP ¡FERNANDO miro quesada BAIIAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP RAMON ARRDSPIDE MEJIA, Ministro de vivienda.
Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Turismo.
ponera 1 de Brigada EP MIGUEL ANGEL DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP PEDRO RICHTER TRADA, Ministro del Interior.
general de Brigada EP RAUL MENESES ARArIA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
POR TANTO:
fiando se publique y* cumpla.
Lima. 28 de mayo de 1974.
j
bcuetfü do División EP JUAN VELASCO ALVARADO* General de División EP EDGARDO MERC .’DO JARREN Teniente General FAP ROL*vT>0 GP-*rih RODRIGUEZ. i
Vico-Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO General de División EP GUILLERMO MARCO nri PONI SANTISTEVAN. 1 l#
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.