Ley Nº 2058

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2058


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 02058

fles, Lcg. X. 2058

Reconocí mionto je ¡servicios del Teniente

Coronel «Ion Tomás Calderón de Ia Barca y eédiila de montepío á su viuda

Lima, 25 de octubre de 1914 Exorno. Señor:

El Congreso. accediendo á la solicitud de doña Mercedes Puente viuda del teniente coronel don Tomás Calderón de la Barca, ña, resuelto considerar á su esposo, al tbmpo de su fallecimiento, con diez años de servicios, efectivos, abonables en su libreta; y que de conformidad con la escala de asignación de pensiones que contiene el artículo 13 de la ley de montepío militar, se le expída la cédula correspondiente,con derecho a percibir mensualmente tres libras oro peruano.

Lo comunicamos á Y.E.para, su conocimiento y demás fines. — Dios guarde á Y.E.—Nicanor M. Carmona, Presidente del Senado. — David García Irigoykn, Presidente de la Cámara de Diputados. — /. Augusto Barrios,Pro-Secretario del Senado .—Santiago D. Farodi, Diputado Secretario.

Al Exorno. Señor Presidente Provisorio

de la República.

Lima, 24 de noviembre de 1914.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.—Rúbrica de S.E.

—Bedoya.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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