Ley Nº 20536

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 20536

Prorrogan disposiciones contenidas en D.L. No. 19859 hasta 31-12-1974

DECRETO LEY N 2053G

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que por Decreto-Ley 19256 se estableció un régimen de liberación de derechos aduaneros para las importaciones de sub-conjuntos completos así como de repuestos y accesorios, el mismo que fue prorrogado por Decreto-Ley 19859:

Que por Decreto-Ley 20509 se ha dictado medidas tendentes a disminuir el consumo de combustibles, precisándose entre éstas, la regulación de motores. para cuyo efecto es necesario mantener un mercado de repuestos y autopartes a precios razonables, que permita abastecer adecuadamente el parque automotor nacional;

Que en consecuencia, es conveniente prorrogar el término del régimen especial do tratamiento arancelario otorgado;

En uso de las facultades de que está investido; y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico.— Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de

1974, las disposiciones contenidas en el Decreto-Ley 19859.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de Febrero de mil novecientos setenti-cuatro.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JA. RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra

Teniente General PAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina

Teniente General PAP. PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División E. ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División E. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.

Teniente General FAP. LUIS BARANDIARAN r.V-GADOR, Ministro de Comercio.

General de División EP.

JAVIER TANTALEAN VA. NINI, Ministro de Pesquería. General de División EP.,

GUILLERMO MARCO DEL

PONT S ANTIS TE VAN, Ministro de Economía y Finanzas.

Teniente General FAP. FERNANDO MIRO QUESA-DA, BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP. RAMON ARROS PIDE MEJIA. Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Turismo.

General de Brigada EP MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General do Brigada EP PEDRO RICI2TER PRADA. Ministro del Interior.

General de Brigada EP. RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

POR TANTO:

Mando se pub’ique y cumpla.

Lima, 28 de Febrero de 1974. General de División E. P., JUAN VSUA^CO ALVARA-BO.

General de División E. P

EDGARDO MERCADO JA RRIN.

Teniente General FAv

ROLANDO Gil ARDI RO DRIGUEZ.

Vice-Almirante AP. LUIP-E .VARGAS CABALLERO.

General de División E. P. GUILLERMO MARCO DEL PONT SANTISTEVAN.

General de Brigada E F RAUL MENESES ARATA



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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