Tipo de Norma: Ley
Número: 20516
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20516Economía concederá un sobregiro de S/. 15'480,000.00 a favor
del Ministerio de Agricultura
DECRETO LEY N 20516
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que por Decreto-Ley 20089, se ha autorizado al Poder Ejecutivo para contratar directamente en el país o en el extranjero, sin el requisito de licitación pública, concurso de precios o concurso de méritos, la ejecución de los estudios y prestación de servicios necesarios para la ejecución del Programa de Instalación de Complejos Agroindustriales de Producción Pecuaria;
Que el Ministerio de Agricultura por Decreto Supremo N° 195—73—EF de 28 de Agosto de 1973. fue autorizado para que sin el requisito de concurso de méritos, contrate directamente con las firmas yugoeslavas Poljoprivredni Kombinaí “Beograd" (PKB) y Ekonomski Tehnicki Zavod ‘‘Osijek’* (ETZ). los estudios y prestación de servicios para la imple-mentación del proyecto de Complejos Agroindustriales de Producción Pecuaria, aprobándose a la vez el contrato respectivo a celebrarse;
Que dentro de las cláusulas relacionadas al financiamien-to de dicho contrato se obliga al Ministerio de Agricultura a efectuar pagos al contado de dos cuotas de US $ 200,000.00, equivalente a S/. 15’480,000,00;
Que para alcanzar los objetivos destinados al incremento de la producción y de la productividad agropecuaria, es indispensable dotar de los recursos financieros adicionales al Ministerio de Agricultura, en la forma de un sobregiro por la suma de S/. 15’480,000.00;
Estando a lo Informado por el Instituto Nacional de Pla^ nificación y la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo Unico.— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar un sobregiro hasta por la suma de Quince Millones Cuatrocientos Ochenta MU y 00/100 Soles Oro (S/. 15'480,000.00) a favor del Ministerio de Agricultura destinado a la atención de sus necesidades conforme al siguiente detalle:
TITULO II : EGRESOS
SECTOR 10 : Agricultura
PLIEGO OI : Ministerio de Agricultura
Presupuesto de Inversión
Programa 1126; Inversiones de la Oficina General de Ingeniería y Proyectos Jefatura Responsable: Oficina General de Ingeniería y Proyectos Proyecto 13: Complejos Agro-industriales d« Producción Pecuaria
Partida.!
06.01 Estudios por Contrata
15'480,000.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de Enero de mU novecientos setentlcuatro.
General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO» Presidente de la República.
General de División EP., EDGARDO MERCADO JARR1N, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLANDO G1LARDI RODRIGUEZ,, Ministro de Aeronáutica.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.