Tipo de Norma: Ley
Número: 20233
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20233Banco de La Nación celebrare contrato de préstamo con Para-Municipal con aval del Conceje
DECRETO LEY Nv 20233EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente;
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO:
Que el Banco de la Nación ha cancelado las obligaciones contraídas por la Administradora Para—Municipal de Transportes de Lima con la firma Bussing Automóvil werke A.G. de Alemania;
Que es necesario autorizar al Banco de la Nación a que celebre un contrato en moneda extranjera con la Administradora Para—Municipal de Transportes de Lima, con aval del Concejo Provincial de Lima, por los pagos que a nombre de ésta efectuó en su oportunidad;
f
En uso de las facultades de que está Ihvestido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1— Autorízase al Banco de la Nación para que celebre un Contrato de Préstamo con .‘a Administradora Para-Municipal de Transportes de Lima, con aval del Concejo Provincial de Lima, por la suma de US$ 5^497,920.76 (Cinco Millones Cuatrocientos Noventisiete Mil Novecientos Veinte y 76/100 Dólares Americanos), por la cancelación que efectuó en su oportunidad, de las obligaciones pendientes de la Administradora
Para—Municipal de Transportes de Lima con la firma Bussing Automóvilwerke A.G. de Alemania. El préstamo será pagado en el plazo de 6 años, incluyendo un período de gracia de 2 años, devengando un interés de 1.5/8% sobre la tasa interbancaria de Londres para depósitos de Euro-Dólar a 180 días, más una comisión de 1'4% por una sola vez.
Artículo 2— El servicio de amortización e intereses del préstamo que se autoriza por el presente Decreto Ley, será atendido con cargo a las partidas que para tal efecto consigne en su presupuesto la Administradora Para—Municipal de Transportes de Lima.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de Noviembre de mil novecientos setentitrés.
General de Di vis n EF JUAN VELASCO ALVARA DO. Presidente de la República.
General de División E. P EDGARDO MERCADO JA RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro di Guerra.
Teniente General FAP., KO LANDO GILARDI RODRI GUEZ, Ministro de Aeron&u tica.
Vice-Almlrante AP. LUIS E VARGAS CABALLERO,. Mi ni.t.o de Marina.
Teniente General FAP. PEDRO S'LA OROSCO, Ministro de Trabajo. ^ .
Genera! de División EP
ALFREDO CARPIO BECE RRA, Ministro de Educación General de División EP. ENRIQUE VALDEZ ANGU LO, Ministro de Agricultura.
General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI Ministro de Economía y F1 nanzas.
Genéral de División EF
JORGE FERNANDEZ MAL DONADO SOLARI, Minia tro de Energía y Minas.
Mayor General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro d* Salud.
Contralmirante AP. RA
MON ARROSPIDE MEJIA
Ministro de Vivienda
Contralmirante A. P., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada EF MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
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General de Brigada E. P PEDRO RICHTER PRADA,
Ministro del Interior.
General de Brigada E.P RAUL MENESES ARATA.
Ministro de Transportes ▼ Comunicaciones. Encargado de la Cartera de Pesquería.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima. 27 de Noviembre de 1973.
i General de División EP
JUAN VELASCO ALVARA-DO.
General de División E. P
EDOMIDO MERCADO JA-RKIN.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO.
General de División EP
FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI.
I
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.