Tipo de Norma: Ley
Número: 20146
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20146Les Universidades están exentas de tedo tributo nacional o local y del impuesto a la renta
DFCRETO LEV N° 20146EL PRESIDIANTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto I.ny siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que, es pertinente eximir a las Universidades de car-
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Vice Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO. Ministro de Marina.
Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA. Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO. Ministro de Agricultura General de División E„ FRANCISCO MORALES BERMtiDEZ CFimi'r rr Ministro de Economía y Finanzas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.