Tipo de Norma: Ley
Número: 20113
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201132*879,300.00
Sustituyen partidas 323, 324 y 325 del Presupueste de Inversión del Pliego RR.EE.
DECRETO LEY N 2mn 6. Otros Ingrésos 122 Ingresos Inclasificables11*207,G00.00
Artículo 37—Apruébase los sleuíen*es proyectos tfe Inversión en el Pliego Relaciones F,x c» ioícv;, con cargo a las fuentes Tesoro Público y de Endeudamiento, conforme al siguiente detalla;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Programa W 0376 INVERSIONES
Total
4’000,000 25'000,000
3'000,000 3'000,000
20’825,100
13'639,000 73T70.000
18’382,600
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decáelo Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO,
CONSIDERANDO:
%
Que en el Presupuesto de Inversión del Pliego del Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentran programados para ejecutarse en el presente Bienio los Proyectos 02 — Finalización de la Construcción y Equipamiento del local para la Embajada en el Brasil, 05 —Compra del lócal y equipamiento pata la Embajada en la República Federal de Alemania y 06 — Adquisición de Inmueble y Equipamiento para la Embalada eil Venezuela, los mismos que consideran dentro de SU íinancla-miento total la fuente Ingresos Propios por un monto de S/. 41’639,ooó.oo, que es necesario sustituir con la Fuente Tesoro Público por la urgencia de ejecución de los Proyectos y lio haberse producido aún la captación de los recursos;
Que es necesidad prioritaria adquirir un inmueble para la Representación Permanente del Perú en las Naciones Unidas, cuyo costo se estima en S/. 18'382,500.00 y además atender las necesidades del costo adicional de S/. 2'825,100.00 para el Proyecto 05 Compra del local y equipamiento para la Embajada en la República Federal de Alemania;
Que para el financi&mlento de las demandas citadas se ha reajustado en S/. ÍO’OOO,000.00 el Proyecto 02 Finalización de la Construcción y Equipamiento Local Embajada del Perú en Brasil, quedando por financiar S/. 11’207,600.00;
Que dichd monto es factible financiar con el mayor Ingreso a obtener por el valor de venta del terreno de propiedad fiscal en Berlín como consecuencia de la variación experimentada en el tipo de cambio del Deutsch Mark con respecto al dólar y con el incremento en la fuente Ingresos Inclasificables;
Que en consecuencia, es conveniente modificar, además, el Presupuesto de Proyectos;
De conformidad con lo establecido en los Artículos 41 y 42 de la Ley N 19864 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está Investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo 1.—Sustituyese la fuente-de finnnclamiento Ingresos Prc ios (Partidas 323, 324 y 325 del Titulo Primero — Ingresos del Gobierno Central) del Presupuesto de Inversión del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, ascendente a la suma de Cuarentiún Millones Seiscientos Treinta y Nueve Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 41’639,000.00), aprobado por Decreto Ley N 19864, por la del Tesoro Público, Partida 113 — Venta de Bienes Fiscales
Artículo 2—Amplíase la fuente de íinanciamieuto Tesoro Público, conforme al siguiente detalle:
Volumen Primero: Gobierno Central Titulo Primero: Ingresos Capitulo I: Ingresos del Tesoro Público 2-4 Venta de Bienes de Capital
Partida
113 Venta de Bienes Fiscales
—Por diferencia de cambio por la venta del terreno en
Berlín.............. 18’328,300.00
—Por haberse abonado al Ejercicio anterior el saldo de venta del inmueble de la Embajada del Perú en Río de Janeiro ............... ÍO’OOO,000.00 8'328,300.00
Proyecto Tesoro End; Externo
01 Estudios e iniciación de la construcción del local central del Ministerio de Relaciones
Exteriortí.-.............4’000,000 —
02 Finalización de la construcción y equipamiento local
Embajada Perú en,el Brasil 25'000,000 —
03 Aporte del Ministerio de Re
laciones Exteriores al Complejo Fronterizo "Santa Rosa” en Hospicio Tacna .. .. 3’000,000 —
04 Adquisición de inmueble para la Embajada del Perú en
Colombia ............3’000,000 —
06 Compra de local y equipa
miento del mismo para la Embajada en la República Federal de Alemania......20’825,100 —
08 Adquisición de Inmueble y equipamiento de local para la Embajada en Venezuela 13'639,000 —
07 Construcción de local para
la Embajada del Perú en Japón .......I.......... — 73'170,090
08 Compra de local y equipamiento del mismo para la Representación Permanente del Perú en las Naciones
Unidas.............. 18*382,600 _
TOTAL 87’846,60Ó 73T70.090 161 016,090
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce dias del mes de a^e^o de mil novecientos setentitrés.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN, Presidente del Consejo dy Ministros y Ministro de Guerra
Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vicealmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP PEDRO SALA OROSCO, Ministro le Trabajo.
General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP FRANCISCO MORALES bermu-DEZ CERRUTTI Ministro de Economía y Finanzas.
General de División EP JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BA-IIAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda. Encargado de la Cartera de Industria y Comercio.
General de Brigada EP MIGUEL ANGEL DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP PEDRO RICIITER PR 'UA. Ministro del Interior.
General de Brigada EP RAUL MENESES A^.w'A, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 14 de agosto de 1973.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO,
General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN. Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vicealmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO. General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTL
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.