Tipo de Norma: Ley
Número: 20105
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20105POR LA SUMA DL l’OOO,000.00 DE SOLES
Amplían el Presupuesto Bienal del Sector Agricultura para 1973-74
VOLUMEN
TITULO
CAPITULO
Partida
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I
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123
DECRETO LEY N 20105
EL PRESIDENTE DE La REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley si
guiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO,
CONSIDERANDO:
Que es necesario concluir la construcción de los Centros de Acopio de Taropoto y Puerto Rico (Rio Huallaga), en la Zona Agraria IX Tarapoto del Ministerio de Agricultura, con el Un de contar con almacenes para granos en una zona donde la producción es estacional en base a una agricultura de eecano;
Que con el funcionamiento de dichos almacenes, se favorecerá la adecuada conservación de los granos prolongando fcu periodo de consumo eu buenas condiciones así como la expansión actual de las áreas cultivadas, evitándose de esta manera las fluctuaciones de los precios de venta, indispensable para el establecimiento de industrias de preparación de alimentos y el desarrollo de las granjas avícolas;
Que el Ministerio de Agricultura ha ingresado al Fondo General de' Tesoro Público, la suma de Un Millón de Soles Oro (S/. T000,000.00) por ingresos públicos imprevisibles, pro-renientco de la ex-Fundación para el Fomento de la Ganadería de Crine (FUKFOGA), cuya disolución y liquidación fue aprobarla por Resolución Ministerial No. 38G1-71-AG de 35 de agosto de 1971:
De conformidad con lo establecido en el Articulo 41 del Decreto Ley No. 19864, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional pai'a 1973-1974;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Plantificación y la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Unico.— Ampliase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974 en, la suma de Un Millón áe Coles Oro (S/. rpfi.OOO (X)), según el siguiente detalle:
Gobierno Central INGRESOS
Ingresos del Tesoro Público Otros Ingresos Ingresos Inclasificables
General de División EP EDGARDO MERCADO J ARRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ:, Ministro de Aeronáutica.
Vicealmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA,
Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI Ministro de Economía y Finanzas.
General de División EP JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BA-IIAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP RAMON ARROSriDE MEJIA, Ministro de Vivienda.
Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada EP MIGUEL ANGEL DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP FEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior.
General de Brigada EP RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
POR TANTO;
Mando se publique y cumpla,Lima, 7 de agosto de 1973.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División EP EDGARDO MORCADO JARRIN.
Teniente General FAP ROLANDO GILARDI rodríguez.
Vicealmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO.
General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.
l’OOO,000.00
total: í-nnn/moo
TITULO
SECTOR
PLIEGO
II
EGRESOS ; Agricultura
1-10 : Ministerio de Agricultura
PRESUPUESTO DE INVERSION Programa 1141 : Inversiones para la Conservación y Desarrollo -de la Infraestructura Agropecuaria de la Zona Agraria IX - Tarapoto.
: Dirección de la Zona Agraria IX - Tarapoto,
Jefatura
Partida:
07.00 Oblas
07.01 Obras por Contrata Proyecto 12: “Red Acopio”.
de Centros de
l’OOO,000.00
TOTAL: l’OOO,000 00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de agosto de mil novecientos setentitrés.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la Repúbiica.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.