Tipo de Norma: Ley
Número: 19950
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19950Se ociara disposición sobre el subsidio de aguinaldo
DECRETO LEY No. 19950EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO*El Oobierno Revolucionarlo ha darlo el Decreto-Ley siguiente*
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO*.
Que el Artículo 8“ del Decreto-Ley N1' 19818 estableció el monto en soles correspondiente al Subsidio de Atmi-
TruiJcnte General PAP ROLANDO GIL.MIR! RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vlce Almirante Ar M is B, VARGAS CABALLERO, Mi-nii tro de Marina.
Teidenle Ocurra 1 FAÍ* PE-imo SALA OdOSCO, Minia-tro de Trabajo,
General ce. División EP
ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
Oer.eral de División. EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura, General de División EP FRANCISCO /IORALES RER-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.