Ley Nº 19914

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Número: 19914


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 19914

AMPLIAN PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL PARA 1971-197 EN PLIEGO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA

DECRETO-LEY N 19914

CONSIDERANDO:

Que por Decreto-Ley N 19455 de 4 de Julio de 1972 se autorizó al Banco de 1a Nación a otorgar dos préstamos al Ministerio de Vivienda hasta por las sumas de S|. 56-596,240.00 y S|. 40'000,000-. 00 para lo cual se debe ampliar el Presupuesto Bienal del Pliego- 16.01

Ministerio de Vivienda y del Pliego 16.02 Servicio de Parques;

Que dicho préstamo se ha ido ejecutando sin estar incluido dentro del .Presupuesto Re programado del Bienio 1971-1972 para cuyo e-fecto deberá ser regularizado;

Que asimismo en el primer contrato de préstamo estipula que el gasto deberá ser utilizado específicamente para desarrollar un pro grama de recreación activa (construcción de canchas deportivas) en 15 parques zonales en Lima Metropolitana, obra a ejecutarse directamente por el Servicio de Parques (SER-PAR). En el segundo contrato estará destinado para los fines siguientes:

a) Programa de Construcción y Habilitación de los Parques Zonales “Cahuide” y “Tü-pac Amaru’

b) Conclusión de la primera etapa del Parque de las Leyendas.

c) Ampliación y mejoramiento del Servicio de Agua Potable de la Urbanización Ventanilla;

d) Contrapartida para llevar a cabo los estudios urbanísticos de la Zona Cuzco-Puno;

e) Equipamiento mecanizado del Ramo dq las unidades de Operación de Pueblos Jóvenes del Cuzco; y

f) Proyecto del nuevo local del Ministerio de Vivienda.

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de planificación y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto en el Art, '57 de la Ley N 14816 Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y en los Arts. 34, 37 Inciso b) y 42 del Decreto-Ley N 18700 Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público para 1971-1972;

En uso de las facultades de que está investido;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. 1— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 en liquidación por la suma de noventiseis millones quinientos noventicinco mil doscientos cuarenta y 00|100 soles oro (Sj. 96'595,240.00) según el siguiente detalle:

Volumen I: Gobierno Central e Instituciones Públicas Descentralizadas.

Título I: Ingresos.

Capitulo IV: Endeudamiento I Interno.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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