Tipo de Norma: Ley
Número: 19875
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19875Economía hará por excepción una transferencia de partidas en Programa de Operación 0558
DECRETO LEY N’ 19875KL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
.El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto - Lef siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Contribuciones del Ministerio de Economía y Finanzas ha proyectado la realización de Cursillos de Administración Tributaria, a fin de capacitar_a bu personal, particularmente en la Implementaclón del nuevo régimen tributario que sustituye al impuesto de timbres, aprobado por Decreto Ley No. 19620; . ■ 1
Que a fin de atender los gastos de viáticos y movilidad para el personal de provincias que deberá concurrir a dichos Cursillos, asi como otros gastos que demandé su realización, es necesario dotar de recursos financieros a las partidas correspondientes, transfiriendo fondos de partidas de personal que presentan saldos de libre disponibilidad;
Estando a lo informado por las Direcciones Generales del Presupuesto Público y de Administración del Ministerio d# Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y.
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Unico. — Autorizase por excepción, al Programa de Operación No. 0558 — Administración de Tributos Internos dtl Pliego 09— Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar la siguiente transferencia de partidas:
Presupuesto de Operación
Programa No. 0558 — ADMINISTRACION DE TRIBUTOS INTERNOS.
Jefatura: Dirección General de Contribu-clones.
D* la* Partidas:
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisei días del mes de Diciembre de mil novecientos setentidós.
General de División EP., JUAN VELAS.CO ALVARADO. Presidente de la República.
General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRI
GUEZ, Ministro de Aeronáutica.Vice Abrante AP., LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Mlnls -tro de Trabajo.
General de División EP., ALFREDO CARPIO BECERRA Ministro de Educación.
General de División EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO Ministro de Agricultura.
General de División EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO • NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP„_JAVIER TANTALEAN VANINtf. Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BA IIAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP., RAMON ARROSPIDE MEJIA, Mi nistro de Vivienda.
Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO Ministro de Industria y Comercio.
General de Bridada EP.,Miguel A. DE LA FLOR VALLT Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP., PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 26 de Diciembre de 1972.
General de Dimisión EP., JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRI GUEZ-
Vice Almirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO.
General de Divi lón EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI
01.00 REMUNERACIONES
190,000
01.03 Remuneración al Cargo 01.07 Remuneración del Personal
Contratado A las Partidas:
01.00 REMUNERACIONES
100.000
«0,000
50.000
i x
60.000 *0,000 50.000
01.04 Remuneración Especial
02.00 BIENES
02.01 Alimentos para Personas, 08.00 SERVICIOS
OS.01 Viáticos, Gastos de Viaje • Insta, lación
•1.07 Mantenimiento de Mobiliario y equipo de oficina
01.16 Arrendamiento de muebles, equipos y otros
iW.ll Atenciones oficiales y Celebraciones
640,000 540,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.