Tipo de Norma: Ley
Número: 19872
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19872Economía dará por excepción un sobregiro a favor del Ministerio de Agricultura
DECRETO LEY N* 19872EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL OOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO;
Que es política del Gobierno asegurar la comercia* llzaclún y distribución de los productos agropecuarios a fin de Satisfacer las necesidades
JUAN VELA8CO ALVARA-DO, Presidente de la Repúblt-ce
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDl RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO. Ministro de Trabajo.
General de División EP ALFREDO ‘ CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.