Tipo de Norma: Ley
Número: 19626
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19626Amplían el Presupuesto bienal del Sector Público Nacional en
la suma de S/. 3'256,020.37
DECRETO LEY N 19626
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que la República del Perú, por ser signataria del Convenio Internacional del Café, en compromiso contraído por Resolución Suprema N 656 del 27 de Setiembre de 1968, está comprometido a cumplir con las obligaciones y disposiciones de dicho Convenio;
Que entre las citadas obligaciones, se encuentra el pago que corresponde al Perú dentro del Presupuesto Administrativo del Convenio y del Pondo de Promoción Mundial del Café así como de las cuotas & la Organización Internacional de los fondos presupuéstales necesarios;
Que el Ministerio de Agricultura ha ingresado al Pondo General del Tesoro Público, la suma de tres millones doscientos cincuentiseis mil veinte y 37/100 soles oro (S/. 3*256, 020.37), por ingresos públicos imprevisibles, provenientes del saldo existente en la Cuenta Administrativa del Banco de la Nación denominado "Obligaciones Internacionales del Café”:
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos N 57 de la Lev N 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional d« la República y 34 y 42 del Decreto-Ley N 18700, del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional pera 1971-1972;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas:
En uso de fas facultades de que está investido: y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministro»;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico. — Ampliase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972, en la suma de tre» millones doscientos cincuentiseis mil veinte y 37/100 soles oro (S/. 3'256,020.37), según el siguiente detalle:
VOLUMEN I: Gobierno Central e Instituciones Públicas Descentralizadas TITULO I: Ingresos
CAPITULO I: Ingresos del Tesoro Público
Partida 166: Ingresos Inclasificables ...... 3/. 3'256,020.37
04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
04.01 Al Seguro Social del Empleado .... „ 17 500.00
04.13 Transferencias al Exterior (APERTURA) .......................... „ IT,73,420.37
S/. 3‘256.020.37
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de Noviembre de mil novecientos setentidos.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vine Almirante AP. LUÍS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
General de División FP. ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura. Encargado de la Cartera de Trabajo.
General de División EP FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas. Encargado de la Cartera de Energía y Minas.
General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP- JAVIER TANTALEAN VA NI NI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BA-HAMONDE, Ministro de Salud.
Cotí tre Imirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO,
Ministro de Industria y Comercio. Encargado de la Cartera de Vivienda.
General de Brigada EP. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 28 de Noviembre de 1972.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO,
General de División EP., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI.
TITULO II: Egresos
SECTOR 10: Agricultura
PLIEGO 01: Ministerio de Agricultura
PRESUPUESTO DE OPERACION
PROGRAMA 1105: "Comercialización de Productos AgroDocuarios”.
JEFATURA RESPONSABLE: Dirección General de Comercialización.
PARTIDAS
01.00 REMUNERACIONES
01.04 Remuneración Ecnec’nl .......... S/. 58 000.00
01.07 Remuneración del Personal Contratado .......................... „ 260,100.00
02.00 BIENES
02.09 Utiles de Escritorio y Materiales para
Impresión ........................ „ 5 000.00
02.10 Libros y Suscripción................ 9,000.00
03.00 SERVICIOS
03.01 Viáticos. Gastos de Viaje e Instalación „ 642.600.00
03.03 Embalajes y Fletes................. 54.700.00
03.05 Servicios Públicos .................. 48 000.00
03.12 Impresiones y Publicación ........ „ 100,000.00
03 14 Arrendamiento de Inmuebles ...... „ 120,000.00
03.17 Comisiones por Cobranza (APERTURA) ............................ „ 19770000
03.19 Gastos de Aduana ................ „ 80,000.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.