Tipo de Norma: Ley
Número: 19585
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19585AMPLIAN PRESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL POR LA SUMA DE
1 MILLON 350 MIL SOLES
DECRETO-LEY N 19585
Considerando:
Que es conveniente que el Ministerio de A-gricultura cuente con los recursos económicos necesarios para que pueda atender las operaciones de recepción, almacenamiento y distribución primaria de los recurso alimenticios, asignados a los Programas de Apoyo Alimentario, destinados a obras de asistencia social, en cumplimiento de los convenios internacionales suscritos con el país;
Que para dicho fin es necesario una ampliación en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972, Pliego 01: Ministerio de Agricultura, por la suma de S/. 1,350,000.00 financiada con los fondos provenientes de recurso propios recaudados por la Comisión Nacional de Apoyo Alimentario, y depositados en el Tesoro Público;
De conformidad con lo dispuesto en los Arts. Nos. 57 de la Ley N° 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 34 y 42 del Decreto-Ley N 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y por la Dirección General de
de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y presupuesto público del Ministerio
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Art. Unico.— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972, en la suma de un millón trescientos cincuenta mil y 09/100 sotes oro (S/7 1 350,000.00), según el siguiente detalle:
Título I: Ingresos
Capítulo I: Ingresos del Tesoro Público 5: Otros Ingresos
Partida: 5/.
166: Ingresos Inclasificables 1350,000
Total: S/. 1350,000
Título II: Egresos
Sector 10: Agricultura
Pliego 01: Ministerio de Agricultura
Presupuesto de Operación .............
Programa 1120: Operaciones Comisión Nacional de Adovo alimentario.
Jefatura Responsable: Comisión Nacional de
Apoyo Alimentario.
02.00 Bienes S/.
02.03 Vestuario .................. 50,000
C2.04 Materiales de Construcción . .. 10,000
02.07 Material fotográfico ......... 20,000
02.10 Libros y suscripciones....... 20,000
02.14 Repuestos de equipos de trans
porte ...................... 100,000
03.03 Servicios:
03.01 Viáticos, gastos de viaje e ins
talación .................... 50,000
03.04 Seguros de transporte...... 20,000
03.13 Empastes y encuadernación . . 20,000
03.16 Gastos Judiciales y Notariales 20,000
03.19 Gastos de Aduana .......... 500,000
08.00 Compra de Bienes de Capital Nuevos (Apertura).
08.01 Mobiliario, enseres y equipo
mecánico de oficina ......... 200,000
08.08 Equipo y herramientas para ta
lleres ....................... 180,000
C8.13 Otros...................... 20,000
Total: S/. 1350,000
Por tanto: Mando se publiaue y cumpla.
Lima, 24 de Octubre de 1972.
Gruí, de Div. EP. Juan Vclasco Alvarado.
Gral. de Div. EP. Ernesto Montagne S.
Tnte. Gral. FAP. Rolando Gilardi R. Vicealmirante AP. Luis E. Vargas C.
Gral. de Div. EP. Feo. Morales Bermúdez C.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.