Tipo de Norma: Ley
Número: 19576
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19576AMPLIAN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL PARA 1971-72 EN EL
PLIEGO DEL MTC
DECRETO-LEY N 19576
Considerando:
Que por Decreto-Ley N 19442 se declaró en estado de reorganización los Ferrocarriles del Estado, con el fin de adecuarlos a las necesidades del transporte;
Que existen recursos disponibles que pueden ser utilizados para llevar a efecto la reorganización, conforme lo establece el Art. 2 del Decreto-Ley N 19442;
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 57 de la Ley Orgánica N 14816 del Presupuesto Funcional de la República y del Art. 42 del Decreto-Ley N 18700 del Presupuesto Bienal para 1971-1972;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Art. Unico.— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 en la suma de Veinte Millones Doscientos Mil y 00/100 Soles Oro (S/. “20200,000.00), según el siguiente detalle:
Título I: Ingresos
Capítulo III: Ingresos Propios
1. —Venta de Bienes Corrientes y de Servicios Sector: Transportes y Comunicaciones Pliego: Transportes y Comunicaciones Partida
17'033,880.88.
228: Pasajes Ferrocarriles del Estado
2. —Tasa
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.