Ley Nº 1957

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1957


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 01957

LEY N. 1957

Sostenimiento del Colegio Nacional de

Ignitos

LA EXCMA. JUNTA DE GOBIERNO

encargada del poder ejecutivo

Por cnanto el Congreso ha dado la ley siguiente.-

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Articule) tínico.—(Consígnese en el presupuesto general de la República, á par-til* del año próximo, una partida de cinco mil libras anuales para el sostenimiento del Colegio Nacional de Iquitos

Comuniqúese al Podm Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplí mient o,

Dada en la sala de sesiones del Congre so, en Lima, á los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos trece.

Juan N. Li.íSpuru, Presidente del Se nado.-H. Fuentes, 1er. Vice Presidente de la H, Cama rade Diputados.—Ciernen te J. Revi ¡la, Sena d < >r Secretario.—Alber to Secada. Diputado Secretario.

Al Exento Sr. Presidente de la República.

Por tanto; manda se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la, casa, deGobierno, en Lima, á los seis días del mes de abril de mil novecientos catorce.

O. R Benavides. M. Manzanilla. -A. Osores. —Benjamín Boza. -J. Balta

Rafael Grau.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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