Tipo de Norma: Ley
Número: 19544
documento PDF
19544Sustituyen Art. I9 def D.L 18704 sobre aplicación del precinto en envases del tabaco
EJIA,
DECRETO IEY N» 19544EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley Siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO •
Que es propósito del Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada promover las exportaciones de manufacturas no-tradicionales y conquistar un mayor número d* mercados, lo que Incidirá en el beneficio económico del pais;
Que en base al estudio realizado sobre las características del mercado Internacional, referentes a la exportación de manufacturas de tabaco, es conveniente modificar el Artículo lro. del Decreto-Ley No. 18704 para *4 mejor logro de estos objetivos;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Sustitú-yese el Artículo lro. del Decreto Ley N 18704, por el siguiente:
“Artículo lro.— Créase un signo no valorado de coio-azul que se aplicará como precinto en los envases de las manufacturas de tabaco destinadas a la exportación en que llevará impreso lo siguiente “ Libre de impuestos fuera del país". Los envases tendrán inscritos en una parte visible, el número del registro industrial correspon * diente.”
Dado en la Casa de Gobierno. en lima, a los veintiséis días del mes de Setiembre de mil novecientos eetentidos.
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República
General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP,
ROLANDO GILARDI RO
DRIGUEZ, Ministro de Ate
ronáutlca.
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina Teniente General FAP, PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División E. P.# ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación, General de División EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRU-TTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro da Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP, JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP, FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP. RA
MON ARROSFIDE
Ministro de Vivienda Contralmirante AP,, ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y
Comercio.
General de Brigada EP, PEDRO RICHTER PItADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 26 de Setiembre de 1972.
General de División EP, JUAN VELASCO ALVAKA-DO.
General de División E. P.t ERNESTO MONTAG-NE SANCHEZ.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vlce-Almirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO
Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.