Ley Nº 19511

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 19511

PODER JUDICIAL

Amplían Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional 1971-72 en S/. 250,000.00

DECRETO LEY N 19511 EL PRESIDENTE I>E LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado tí Decreto-Ley si-guíente.

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO;

Que es necesario organiiar la Biblioteca Central del Poder Judicial, y efectuar la publicación del Boletín Informu-

4J..n J. Vk ---I - * ' — " »* -

fciTu «c .jumcmies, circulares y comunas;

Que con tal fin es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional .vigente, con recursos provenientes de donación del Sector Privado;

De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 42* del De cvcto-Le y No. 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1871 - 1971.

Estando a lo Informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presujwesto Público;

En uso de las facultades de que está investido; y Con e| voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto - bey siguiente:

Artículo Unico. — Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971 - 1872 en la suma de Doscientos Cincuenta Mil y 00/190 Soles Oro, (8/. 280,000.00) según el siguiente detalle:

TITULO I: Ingresos

CAPITULO V: ingresos por Transferencias

—Del Sector Privado PARTIDA — 480C — Al Poder Judicial por Donación 8/. 260,00000

TITULO II: Egresos SECTOR 02; Poder Judicial PIJEOO 01: Pliego dol Poder Judicial

PRESUPUESTO DE OPERACIOM

PROGRAMA (KD2: Administración de justicia



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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