Tipo de Norma: Ley
Número: 1945
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01945u:y x.1045
A ii instila mi o la ilutación «le a<|ua potable
de la
chillad de Áyacticlio
LA EXOMA. JUNTA DE (JOBIEUNO
KNOA ItOADA DEL PODER EJECUTIVO
l'op dimito pI Congreso ha dado la ley dguiente:
( ) -\o lia sido promulgada por la Exenta. Jun-i' dc Gobierno en la fecha que se pidió su numera* "'■t 14 de mar2o de 1914.
El Congreso de Ja República Peruana
lia dado la ley siguiente:
Artículo 1—VA tase en el presupuesto general de la República por dos anualidades consecutivas la suma de setecientas cincuenta libras peruanas para Aumentar la dotación de agua potable de la ciudad de Ayacuclio.
Artículo 29—La suma indicada la invertirá el Ministerio de Fomento en la
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.