Ley Nº 19386

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 19386

CUANDO EL MONTO SEA MAYOR DE 100 MIL

mediante Concurso de Méritos

DECRETO LEY N 19386

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO •.

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto—Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO!

Que es necesario aclarar las normas dispuestas en los Artículos 47 y 49 del Decreto-Ley N 18700, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 y sus modificatorias, a fin de hacer más efectiva su aplicación y permitir la debida flexibilidad en los gastos de inversión:

Estando a lo informado por la Dirección General de Presupuesto Público;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico.— Aclárase los alcances del Artículo 47 del Decreto-Ley N 18700, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 y sus modificatorias, en el sentido de que los Estudios por Contrata, las Consultorías por Contrata y las Supervisiones por Contrata, se otorgarán mediante Concurso de Méritos cuando su monto sea superior a S/. 100.000.00, podiendo ser de aplicación en los casos pertinentes, lo dispuesto en el Artículo 49 del Decreto-Ley en r-terencia.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, los dos días del mes de mavo de mil novecientos seter.tidós.

General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División E.P., ERNESTO MONTAG-NE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General PAP., ROLANDO Gil ARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante A.P. LUIS E. VARGAS CABALLERO. Ministro de Marina.

Teniente General P. A. P., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP. ALFREDO CARTIO BECERRA, Ministro de Educación.

General Je División E. P. ENRIQUE VALDEZ ANGULO. Ministro de Agricultura.

General de División E. P. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRU-TTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada E. P., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones. Encargado de la Cartera de Pesquería.

General de Brigada EP JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

Mayor General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE Ministro de Salud.

Contralmirante AP„ RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de vivienda. Encargado de la cartera de Industria y comercio.

General de Brigada E. P., MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada E. P., PEDRO RICIITER PRADA, Ministro del Interior.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 2 de mayo de 1972

General de División E.P.,

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División E.P., ERNESTO MONTAG-NE SANCHEZ.

Teniente General F.A.P, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante A.P., LUIS E. VARGAS CABALLERO,

General de División EP., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTL



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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