Tipo de Norma: Ley
Número: 19385
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19385Aciaron que exoneraciones no incluyen a Bebidas Alcohólicas
DECRETO LEY N 19385EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que es necesario dictar normas para la debida aplicación de las exoneraciones genéricas dispuestas en favor de determinadas sonas del país, con el objeto de impulsar su progreso o rehabilitación;
Que el consumo de alcoho-
Ge-ier*! de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones. Encargado de la Cartera de Pesquería.
General de Brigada EP. JORGE fKRNANDEZ MAL-DONADO SOL AHI. Ministro de Energía y Minas.
Mayor General PAP., FERNANDO MIRO QUESADA
BAHAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante a. P., RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda. Encargado de la Cartera de Industria y Comercio.
General de Brigada E.P. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE. Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP..
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.