Ley Nº 19373

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Número: 19373


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 19373

El distrito de Pozuzo pasa a formar parte de ¡a provincia de Oxapampa del Dpto. de Pasco

DECRETO LEY N* 19373

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

%

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que la3 Autoridades y Vecinos del Distrito de Pozuzo, de la Provincia de Pachitea del Departamento de Huá-nuco, teniendo en consideración su ubicación geográfica, solicita se incluya a ese Distrito dentro de la jurisdicción de la Provincia de oxapampa del Departamento de Pasco:

Que dicha segregación se justifica en razón de que la Capital del citado Distrito en todos sus anexos están más integrados a la Provincia de Oxapampa; sus relaciones socio-económico y administrativo, igualmente orientadas hacia la citada Ciudad por la existencia de rías de comunicación que los conecta;

QU« la falta de comunicaciones del Distrito de Pozu-so con su actual capital Provincial traba el desenvolvimiento administrativo, así como su desarrollo económico-social, ocasionando en consecuencia perjuicio a sus moradores;

Que es deber del Estado

otorgar las máximas facili-

dad es a los pueblos, a efecto de contribuir a su progreso;

En uso de las facultades de que está Investido; v

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente^

Artículo Unico.— El Distrito cié Pozuzo, de la Provincia de Pachitea del Departamento de Huánuco, pasa a formar parte de la Provincia de Oxapampa del Departamento de Pasco.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mee de Abril

de mil novecientos setentt-tidos.

General de División EP.,

JUAN VELASCO ALVAKA-DO, Presidente de la República

General de División E.P., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP.,

ROLANDO GILARDI RO

DRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP.,

PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo General de División EP., ALFREDO CARPIO RECURRA, Ministro de Educación.

General de División E.P. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División EP., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTl, Ministro de Economía y Finanzas

General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones, Encargado de la Cartera de pesquería.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP. RAMON ARROSPIDE MEJ1A, Ministro de vivienda, Encargado de la Cartera de Industria y Comercio.

General de Brigada EP., PEDRO RICHTER FRADA, Ministro del interior. Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 18 de Abril de 1972

General de División EP., JUAN VRLASCO ALVARA-DO,

General de División EP

ERNESTO 31 O N T A G NE SANCHEZ.

Teniente General FAP.,

ROLANDO GILARDl RODRIGUEZ.

Vice-Almírante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO.

General de Brigada EP.,

REDRO RICHTER FRADA-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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